Mercadona el gigante "enano" en política laboral

Una gran empresa con una plantilla de más de 100.000 trabajadores en España y Portugal se enorgullece de su supuesta atención ejemplar hacia su personal y de los cuantiosos beneficios que distribuye entre ellos, pero no cuenta el mayor de los problemas que sufren los mismos, la falta de sensibilidad para con la conciliación laboral y los derechos de las madres o padres de atender a sus hijos.
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Los trabajadores se sienten cohibidos de expresar sus preocupaciones debido al temor a represalias por parte de la empresa.

Estos empleados se encuentran en una situación de vulnerabilidad, ya que no pueden regirse por su convenio colectivo, ya que viene dado por un convenio privado y que ha sido firmado por la empresa junto a los sindicatos UGT y Comisiones Obreras y poco hacen estos que firman convenios sin contar con una condiciones que son ley en el Estatuto de Trabajadores pero que parece habérseles olvidado.

Aquellos que desafían el "modelo" de la empresa arriesgan perder beneficios adicionales o incluso ser despedidos.

En Zamora, al igual que en el resto de España, uno de los problemas más urgentes es la falta de conciliación laboral y familiar, especialmente para las mujeres que necesitan reducir su jornada para cuidar de sus hijos. Aunque la empresa les ofrece reducciones de jornada, no se preocupan por facilitar la conciliación familiar, obligando a muchas mujeres a recurrir a denuncias para obtenerla.

Las trabajadoras se ven obligadas a adaptarse a horarios poco flexibles, comenzando a trabajar a las 6 de la mañana, lo que dificulta la conciliación con las responsabilidades familiares. La empresa les exige estar disponibles desde las primeras horas de la mañana hasta tarde en la noche, sin tener en cuenta las necesidades de cuidado de sus hijos, la insensibilidad con esta necesidad es clara y son varios los casos que en los tres centros de Zamora se dan, pero también en Salamanca y en otros centros de CyL así como en Cantabria. 

Esta falta de consideración por parte de la empresa obliga a las trabajadoras a dejar a sus hijos al cuidado de extraños o familiares para poder cumplir con sus horarios laborales. A pesar de reducir su jornada y salario para cuidar de sus hijos, muchas se ven obligadas a pagar por cuidadores externos.

Además, la empresa ignora las necesidades individuales de las trabajadoras, exigiendo información sobre los horarios laborales de sus cónyuges y el horario lectivo de sus hijos sin ofrecer una solución adecuada. Esta situación deja a las madres sintiéndose impotentes y obligadas a denunciar a la empresa, a pesar del riesgo de represalias.

Los empleados también denuncian el exceso de trabajo y la presión constante, lo que lleva a problemas físicos y mentales que requieren bajas médicas. Sin embargo, la empresa presiona a los empleados para que vuelvan a trabajo antes de estar completamente recuperados y penaliza a aquellos que acuden a médicos externos.

La empresa les concede la reducción de jornada laboral, pero no la conciliación familiar. Varias empleadas de Salamanca han hecho público hace poco que han tenido que denunciar para poder llegar a tener ese derecho que tienen todos los trabajadores españoles. En Zamora también casos, e igual que en casi toda España. La empresa les obliga a entrar a las 6:00 h de la mañana a trabajar sin tener en cuenta las necesidades de los/as empleados/as y del cuidado del menor o de los menores a su cargo. Mercadona les dice que tienen que estar disponibles desde las 6:00 h de la mañana hasta las 22:00 h de la noche que cierra el supermercado que son las “necesidades de la tienda”. ¿Que guardería o que programa de la JCYL o el Ayuntamiento cubre este horario? 

Ante bajas y quejas a la dirección las consecuencias pueden variadas como han sufrido varias de las personas entrevistadas por este diario. Puede ser que injustamente les quiten esa paga extra de beneficios, también puede ser incluso en ocasiones que haya despidos, o una presión constante que lleva a trastornos psicológicos. Mercadona ha sido incluso denunciada por contratar a un detective privado para que siguiera al marido de una trabajadora y a su familia para verificar si en verdad necesitaba una concreción horaria. Los empleados/as de Zamora e igual que en los de toda España se quejan de los abusos que están sufriendo y sobre todo de las amenazas constantes.

En resumen, los trabajadores de esta empresa se enfrentan a una serie de problemas laborales, desde la falta de conciliación familiar hasta el exceso de trabajo y la presión para evitar tomar bajas médicas. Aunque la empresa presume de tratar bien a sus empleados y pagarles bien, la realidad es muy diferente para aquellos que sufren las consecuencias de su política laboral insensible.

Pero cuáles son los motivos por los que Mercadona puede sancionar a sus empleados: El régimen disciplinario de Mercadona cuenta con tres tipos de faltas: leves, graves y muy graves. Veamos las causas y el enorme decálogo de preceptos que han de cumplir los empleados.

La dirección de Empresa será la encarga de proceder a sancionar al empleado/a cuando este/a cometa alguna de las siguientes acciones:

Faltas leves:

Descuido, error o demora inexplicable en el trabajo.

Hasta dos retrasos en la puntualidad al mes sin justificación, siempre que no afecten gravemente la función del trabajador/a.

No cursar partes de alta o baja a tiempo, a menos que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.

Pequeños descuidos en el mantenimiento del material.

No informar cambios de domicilio a la empresa.

Faltar un día al trabajo sin autorización o justificación.

Estacionar el vehículo en el área de clientes, excepto para realizar compras personales.

Faltas graves:

Tres o más retrasos en la puntualidad al mes sin justificación.

Faltar dos días al trabajo sin autorización en un mes, con perjuicios para la empresa o público considerado muy grave.

Realizar juegos o distracciones durante la jornada laboral, o fumar dentro de las instalaciones de la empresa.

Desobedecer a superiores en funciones o tareas laborales, especialmente si afecta significativamente al trabajo.

Cometer descuidos o errores importantes en la conservación de géneros o en la ejecución del trabajo.

Falta de aseo personal que pueda afectar al proceso productivo o la imagen de la empresa, siendo reincidente considerado muy grave.

Incumplimiento de medidas de seguridad, poniendo en riesgo la integridad física de uno mismo o de otros, especialmente si es reiterado.

Presentarse al trabajo bajo los efectos de alcohol o drogas, o mostrar síntomas fuera del trabajo vistiendo el uniforme de la empresa.

Incumplimiento grave de los métodos de trabajo establecidos por la empresa, siendo reincidente considerado muy grave.

Reincidencia en tres faltas leves en un período de seis meses desde la primera.

Faltas muy graves:

Fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como en el trato con compañeros/as de trabajo o personas al servicio de la empresa.

Competencia desleal, hacer negocios por cuenta propia sin autorización, aceptar recompensas o favores.

Destrucción, inutilización o daño a materiales, herramientas, documentos de la empresa, así como su uso personal no autorizado.

Uso inapropiado de recursos informáticos y electrónicos, revelación de credenciales confidenciales, acceso no autorizado a sistemas.

Robo, hurto, malversación, consumo de productos sin pagar, apropiación indebida de bienes de la empresa, vulneración de métodos de venta.

Violación del secreto empresarial o documentos reservados.

Maltrato verbal o físico, abuso de autoridad, falta de respeto a coordinadores/as, compañeros/as, subordinados/as, y daño a la imagen de la empresa.

Simulación de enfermedad o accidente, actividades que interfieran con la recuperación de la incapacidad temporal.

Disminución voluntaria y continuada del rendimiento, incumplimiento de objetivos acordados.

Atención inadecuada al público, falta de respeto o consideración.

Realización de trabajos particulares durante el horario laboral sin permiso, uso personal de herramientas o materiales de la empresa.

Cinco retrasos en la puntualidad al mes sin justificación.

Más de dos faltas al trabajo sin justificación en un mes.

Manipulación de datos financieros, de caja o de inventario.

Mala gestión que disminuya las ventas o productividad.

Acoso laboral o sexual, así como denuncias falsas de acoso una vez concluido el proceso de investigación.

Incumplimiento de normas de prevención de riesgos penales establecidas por la empresa.

Reincidencia en falta grave dentro de un período de seis meses desde la primera sanción.

Las sanciones por cometer una falta trabajando en Mercadona 

La Dirección de Mercadona tiene la autoridad exclusiva para aplicar sanciones conforme al Convenio vigente. Estas sanciones varían según la gravedad de la falta cometida por los trabajadores, siendo las siguientes:

Faltas leves: se recibirá una amonestación por escrito.

Faltas graves: La suspensión de empleo y sueldo durante 15 días. Cometer tres faltar leves supondrá una sanción por falta grave.

Faltas muy graves: el empleado será suspendido de empleo y sueldo entre 16 y 60 días; o, como última instancia, se procederá a un despido del trabajador. Cometer dos faltas graves aunque sea de distinta naturaleza dentro de un periodo de seis meses, Mercadona podrá aplicar una falta muy grave y despedir al empleado/a.

En el caso de que Mercadona decida abrir un expediente de investigación previo a la imposición de una sanción, puede conceder un permiso retribuido al trabajador/a durante el proceso de investigación.

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