El TSJ confirma la condena a una empleada del hogar por estafar 28.000 euros a una anciana en Benavente

En el juicio, la acusada admitió parcialmente los hechos, reconociendo compras por unos 2.760 euros y un reintegro de 2.000 euros, pero negó el resto de operaciones
Juzgados de Benavente
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, ha confirmado íntegramente la condena a dos años de prisión para una empleada doméstica que se apropió de casi 28.000 euros de una anciana a la que cuidaba en su domicilio de Benavente (Zamora). La sentencia ratifica la resolución dictada en diciembre de 2024 por la Audiencia Provincial de Zamora, que consideró a la acusada culpable de un delito continuado de estafa.

La mujer, identificada como Paula, trabajó durante aproximadamente un año en casa de Joaquina, una mujer de cerca de 90 años. Durante ese tiempo, aprovechó su acceso a la vivienda para utilizar sin autorización una tarjeta bancaria que la víctima guardaba con su PIN en un mueble del domicilio. Con esa tarjeta, Paula realizó reintegros en cajeros por un total de 25.180 euros y pagó compras y servicios por otros 2.760,15 euros en establecimientos como clínicas veterinarias, tiendas de electrodomésticos, perfumerías, farmacias e incluso para reparar su coche y comprar un Apple Watch.

En el juicio, la acusada admitió parcialmente los hechos, reconociendo compras por unos 2.760 euros y un reintegro de 2.000 euros, pero negó el resto de operaciones. No obstante, el tribunal consideró “verosímil y creíble” la declaración de la víctima y dio valor probatorio a los extractos bancarios, facturas, y una grabación de vídeo en la que se ve a la acusada retirando dinero de un cajero cercano a la casa de la anciana.

La defensa recurrió la sentencia alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia, pero el TSJ rechazó este argumento, al entender que existía prueba suficiente y legalmente obtenida para sostener la condena. El tribunal remarcó que los patrones de uso de la tarjeta cambiaron radicalmente durante el tiempo en que Paula tenía acceso al domicilio, y que los gastos eran ajenos a los hábitos y necesidades de una mujer nonagenaria.

Además de la pena de prisión, Paula deberá indemnizar a la víctima con 27.940,15 euros. La Sala no le impone las costas del recurso de apelación, al no apreciar mala fe ni temeridad en su actuación procesal. La sentencia del TSJ puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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