El TSJ confirma la condena a 27 años de cárcel a un varón por agredir sexualmente a las dos hijas menores de su pareja

La pena había sido impuesta por la Audiencia Provincial de Zamora

El acusado amenazaba a las víctimas con hacerle daño a la madre y a la abuela

Fachada de la Audiencia Provincial de Zamora
photo_camera Fachada de la Audiencia Provincial de Zamora

Según la sentencia, el acusado se aprovechaba de su condición de compañero sentimental de la madre, con quien convivía, y "se mostraba como su verdadero padre", y obligaba a las menores, de 17 y 12 años, a tener sexo, bajo la amenaza de hacer daño a la madre y a la abuela si las niñas contaban lo que les estaba haciendo. 

La Sala de lo Civil y Penal del TSJ, en cambio, revoca parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora y absuelve al acusado del delito de malos tratos a la madre de las menores por el que había sido condenado a diez meses de cárcel. 

Los magistrados consideran que los hechos probados, tal y como aparecen recogidos en la sentencia de la Audiencia de Zamora, "no permiten establecer la fecha, aún de forma aproximada, en la que se produjo la agresión constitutiva del delito apreciado ni tampoco se localiza dicha agresión en una estancia determinada de la vivienda, datos sin los cuales no cabe la subsunción de estos hechos en el tipo del artículo 153.1º y 3º del Código Penal, cuya dicción exige que se individualice el episodio de maltrato en unas coordenadas espaciotemporales mínimamente concretadas para diferenciarlo del delito de maltrato habitual del artículo 173.2 del mismo Cuerpo Legal".

El auto si reconoce que el acusado desde el año 2011 hasta noviembre de 2017 convivía con la madre de las dos víctimas, otra hija menor de edad y la abuela materna, y aunque en un principio su actitud fue normal, cuando una de las jóvenes cumplió los 17 años, prevaliéndose de su condición de compañero sentimental de su madre, comenzó a abusar de ella para que "fuese experta cuando tuviese novio".

El hombre advertía a la menor que no se lo dijera a su madre y abuela, la cual vivía con ellos en la misma casa, pues de lo contrario atentaría contra la vida de ambas. La primera vez entró en la habitación de su víctima le dijo que le masturbara, bajándose los pantalones y obligándola a masturbarle al mismo tiempo que comenzó a tocarle su pechos y vagina metiendo su mano por dentro de la ropa.

Después, en muchas ocasiones, desde febrero de 2016, hasta noviembre de 2017, aprovechando que algunas mañanas no podía ir a clase y no había nadie en el piso, la llevaba desde su habitación hasta la cocina y siempre bajo las amenazas antes referidas, la obligaba a practicarle repetidas felaciones, llegando en alguna ocasión a penetrarla analmente, eyaculando en tal parte del cuerpo, ocasionándole a la víctima en una ocasión un sangrado anal que, no fue atendida en un centro médico.

Empleando las mismas amenazas, comenzó a abusar de la hermana cuando esta cumplió 12 años, abusos que se alargaron desde diciembre de 2015 hasta noviembre de 2017. El condenado aprovechaba las ocasiones en la que estaban solos o cuando la familia estaba viendo la televisión en el salón o en sus respectiva habitaciones, para entrar en la habitación de la niña, sin poder determinar el número exacto de veces, que le hizo masturbaciones y felaciones, aunque en estas últimas el acusado eyaculaba fuera de la boca de la niña, sobre una toallita, sin que consten lesiones.

El acusado, en prisión provisional desde el día 22 de febrero de 2018 por estos hechos, tanto en las masturbaciones como en las felaciones, le cogía la mano con fuerza y se la llevaba al pene y le guiaba los movimientos, mientras en las felaciones le cogía con fuerza la cabeza y se la aproximaba el pene, dirigiéndole los movimientos.

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