En un movimiento para abordar la salud pública, el Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros la prohibición de la venta de filtros, papeles de fumar o cápsulas que contengan aromas, cumpliendo así la advertencia realizada hace poco más de un mes por la nueva ministra de Sanidad. Además, se equipara la regulación del tabaco calentado a la del tabaco convencional, y se impone la obligación de incluir en el etiquetado el aviso de que es perjudicial para la salud.
La medida amplía la prohibición de comercializar productos del tabaco con aroma característico o que contengan aromatizantes en sus componentes, como filtros, papeles para fumar, envases o cápsulas, y prohíbe cualquier técnica que modifique el olor o sabor de los productos del tabaco, así como intensificar el humo en los productos del tabaco calentado. Además, los filtros, papeles y cápsulas no podrán contener tabaco ni nicotina.
A partir de ahora, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos de tabaco calentado deberán llevar el mensaje: "El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas", acompañado de una de las imágenes en color especificadas en la biblioteca de imágenes del anexo II del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio.
Esta medida es parte del Real Decreto que regula aspectos sobre la fabricación, presentación y comercialización del tabaco y productos relacionados, afectando exclusivamente al tabaco calentado y equiparando su regulación con la del tabaco convencional.
La ministra de Sanidad, Mónica García, ha adelantado que el Gobierno está trabajando en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo, con el objetivo de avanzar en la regulación de vapeadores, establecer espacios libres de humo y abordar otros aspectos para prevenir adicciones y proteger la salud pública.