Ecologistas en Acción de Zamora ha presentado ante la Fiscalía de Castilla y León la resolución que deja sin efecto la suspensión de la caza en la zona de la Sierra de la Culebra, un fuego que asoló miles de hectáreas durante el verano de 2022. La resolución, que era de carácter general, afectó a setenta y uno cotos privados de caza y a totalidad de los terrenos quemados de la Reserva Regional de Caza de la Sierra de la Culebra.
Así, la asociación se acoge a la propia ley de Montes de Castilla y León en la que se dice que "los aprovechamientos ganaderos y cinegéticos en los montes que hayan sido objeto de un incendio quedarán suspendidos de manera automática y que la consejería competente en materia de montes podrá autorizar el levantamiento de dicha suspensión solo cuando se acredite la compatibilidad de los aprovechamientos con la regeneración del monte incendiado y con la restauración del hábitat y supervivencia de las especies de flora y fauna silvestre".
Un proceso que tachan de "chapucero" donde "no consta una descripción de los incendios ni de los terrenos afectados. No explica qué incendios se han tenido en cuenta y cómo han sido evaluados, ni tampoco una clasificación razonable por tipos de aprovechamiento, de lo que cabe deducir que no hubo ningún criterio técnico". Lamentan que "hay una ausencia absoluta de cualquier informe técnico en el expediente, pues en él no constan informes de los Agentes Medioambientales que evalúen los daños producidos por el incendio de cara a valorar el posible levantamiento de la suspensión, lo cual implica que no hay datos objetivos ni criterios técnicos de ningún tipo que permitan formar un juicio y motivar la actuación de este Órgano de la Administración Ambiental".
Para Ecologistas en Acción, el primer requisito que hubiera sido "imprescindible" es el análisis de los terrenos incendiados, pero "en noviembre de 2022, a escasos tres meses de los fuegos, era imposible evaluar la regeneración de los terrenos ni evaluar la situación poblacional de las diferentes especies cinegéticas y por tanto, mucho menos evaluar la interacción entre las poblaciones de corzo, ciervo y jabalí con el suelo regenerado".
La resolución presupone que no hubo "mortalidad extraordinaria en ninguna de las poblaciones ni en ninguna clase de edad de ungulados, pues se mantienen, con la suspensión, los cupos y las modalidades de caza preexistentes, y por lo tanto que el hábitat no se vio afectado, a pesar de las decenas de miles de hectáreas quemadas". De tal manera, recuerdan que "además del disparate administrativo que supone esta resolución, habría que valorar si la afección de la suspensión sobre las tres especies fundamentales de ungulados silvestres: corzo, ciervo y jabalí, podría también considerarse como un posible delito contra la fauna".
De esta forma, han recordado que los grandes fuegos de aquel verano calcinaron unas 70.000 hectáreas, pero la suspensión "no solo afectó a los terrenos de los dos incendios, sino también a los términos de Roelos de Sayago, Figueruela de Arriba, Hermisende y Lubián". Así, han hecho hincapié en que los incendios forestales son "una catástrofe ambiental" con efectos "devastadores" sobre la biodiversidad donde "es prioritario proteger a las especies de flora y fauna silvestre, por lo que la falta de motivación en la suspensión de esta protección en beneficio de la caza podría considerarse prevaricación".