El BOP ya recoge las ayudas por natalidad u adopción en municipios zamoranos de menos de 20.000 habitantes

La línea de ayudas abarcará los nacimientos u adopciones entre el 24 de octubre de 2023 y el 23 de octubre de 2024

Las ayudas contará con un tope de 2.000 euros en un pago único

Bebé recién nacido. Fotografía de archivo
photo_camera Bebé recién nacido. Fotografía de archivo

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado este miércoles la convocatoria para la concesión de ayudas económicas por nacimiento o adopción en las entidades locales de la provincia de Zamora en municipios con menos de 20.000 habitantes, en el ejercicio 2024.

Con estas ayudas, se pretende incentivar los nacimientos o las adopciones para potenciar el empadronamiento y fijar población en las Entidades Locales de la provincia de Zamora, donde el crecimiento negativo de la población sitúa a éstas localidades por debajo de los límites que marcan la despoblación, dado que las defunciones superan ampliamente al contingente de nacimientos, produciéndose el acentuado envejecimiento en la cúspide de las pirámides de población, debido a la escasez de efectivos jóvenes.

Por otro lado, esta prestación económica también supone un apoyo a la familia, a la conciliación de la vida familiar y laboral y a paliar los gastos originados por el incremento del número de descendientes en la familia, o por la adopción de niños y niñas. 

La prestación que regula las presentes bases, consistirá en una ayuda económica de pago único, por nacimiento o adopción de hijo o hija que haya tenido lugar entre el 24 de octubre de 2023 hasta el 23 de octubre de 2024 por un importe de hasta 2.000 euros según el baremos que tiene en cuenta el número de descendientes de las personas beneficiarias, de la unidad familiar, discapacidad de alguno de los hijos y población con que cuente la Entidad Local.

Las personas beneficiarias de la presente ayuda económica serán, conjuntamente, los progenitores o adoptantes del niño o de la niña, titulares del Libro de Familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción. Si en el Libro de Familia figurase un sólo progenitor, será éste el único beneficiario o beneficiaria. 

La percepción de esta ayuda económica será compatible con otras ayudas económicas concedidas por el Estado, por la Comunidad Autónoma de Castilla y León y/o por otras Administraciones públicas.

El plazo de presentación de la solicitud por hijo o hija, cuyo nacimiento o adopción se haya producido en el período comprendido entre el 24 de octubre y el 31 de diciembre de 2023 (ambos inclusive), y de los nacidos en 2024 con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria de estas ayudas, será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria de estas ayudas en el Boletín Oficial de la Provincia.

El plazo de presentación de la solicitud por hijo o hija, cuyo nacimiento o adopción se produzca en el año 2024 y con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria de las ayudas, será de un mes contado a partir del día en que acaezca el nacimiento o la adopción del hijo o hija que causa derecho a la ayuda.

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