Baltar podría declarar voluntariamente el 12 de diciembre: así está la causa por conducir a 215 km/hora a su paso por Zamora

Fue este martes cuando la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo abrió el procedimiento contra Baltar al apreciar indicios de un delito contra la seguridad vial en base a los hechos ocurridos el pasado mes de abril en las carreteras de Zamora

Conducía el coche oficial cuando fue interceptado, un vehículo que acumula hasta diez denuncias similares por exceso de velocidad en los últimos cuatro años

Baltar fue sancionado en el momento de los hechos con una multa por valor de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir

Manuel Baltar, presidente de la Diputación de Ourense. Fotografía: Diputación de Ourense
photo_camera Manuel Baltar, presidente de la Diputación de Ourense. Fotografía: Diputación de Ourense

El Tribunal Supremo ha ofrecido al senador del Partido Popular, José Manuel Baltar, comparecer de forma voluntaria "si a su derecho conviniere" el próximo 12 de diciembre por un delito contra la seguridad vial en la provincia de Zamora. Una oportunidad para determinar la viabilidad de las pesquisas antes de cursar el debido suplicatorio al Senado para el comienzo de la causa.

Fue este martes cuando la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo abrió el procedimiento contra Baltar al apreciar indicios de un delito contra la seguridad vial en base a los hechos ocurridos el pasado mes de abril, cuando su coche oficial fue interceptado circulando a 215 kilómetros por hora en la A-52 a la altura de Asturianos. 

La causa arrancó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puebla de Sanabria. En base al atestado realizado por la Guardia Civil de Zamora se solicitaba la celebración de un juicio rápido en el que la Fiscalía solicitaba una pena de seis meses de multa por valor de 1.800 euros, así como un año y un día de retirada del permiso de conducir. Después pasó al Juzgado de lo Penal de Zamora, sin embargo, su acreditación como senador, hizo que el juicio llegara al alto tribunal.

Aquel día de abril, Baltar, fue multado dos veces en menos de una hora al igual que también fue "cazado" por un radar circulando en en la provincia de Zamora a 215 kilómetros por hora. Conducía el coche oficial cuando fue interceptado, un vehículo que acumula hasta diez denuncias similares por exceso de velocidad en los últimos cuatro años. 

Baltar fue sancionado en el momento de los hechos con una multa por valor de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir. Una sanción en principio tramitada como infracción administrativa, pero que posteriormente pasó a considerarse un presunto delito contra la seguridad vial atendiendo a los límites del exceso de velocidad detectado por el radar. 

Según el artículo 379 del Código Penal, conducir un vehículo superando la velocidad máxima permitida en 60 km/h en vías en 80 km/h en vías interurbanas -como fue el caso- podría enfrentarse a una pena de prisión de tres a seis mese, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En cualquier caso, el delito sí conlleva la privación del derecho a conducir.

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