El Tribunal Supremo ha ratificado la reducción de la pena de 15 a 14 años de prisión para uno de los cinco condenados por la violación grupal del caso 'La Manada', ocurrido durante los Sanfermines de 2016. Esta decisión se ha tomado en aplicación de la ley conocida como 'Solo sí es sí'.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado así la decisión previamente adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que había reducido la pena en un año, al entender que la condena de 15 años impuesta por el Supremo en su momento era "próxima" o "cercana" al mínimo legal vigente antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual.
El tribunal navarro argumentó que con la nueva ley 'Solo sí es sí', el mínimo legal del delito se había reducido en 1 año y 3 meses, situándose en 13 años. Por lo tanto, consideraron que la pena debía ser revisada a la baja. Además, señalaron que la anterior condena quedaba ahora dos años por encima del nuevo mínimo legal.
La sentencia del Supremo ha considerado razonable el criterio del tribunal navarro, señalando que este se ajustó a los parámetros establecidos por la propia Sala Segunda del Supremo como línea a seguir en los casos afectados por la reforma legal.
El alto tribunal destacó que, al resolver el recurso de casación, la pena impuesta superaba en nueve meses el mínimo legal de aquel momento. Sin embargo, con la nueva ley, esta misma pena quedaba dos años por encima del nuevo mínimo. "La nueva ley es más favorable para el acusado porque ha reducido en 1 año y 3 meses el umbral mínimo imponible, manteniendo el mismo techo", indicó el tribunal.