Sin embargo, esa valoración social no siempre se traduce en igualdad de derechos para quienes visten el uniforme verde.
La reciente tramitación del real decreto que permitirá la jubilación anticipada para los agentes de la Policía Nacional encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social ha abierto una herida profunda dentro del instituto armado. La norma llega tras la sentencia 596/2025 del Tribunal Supremo de España, que obliga al Estado a regular la jubilación anticipada para los policías nacionales en condiciones similares a otros cuerpos policiales civiles.
Hasta aquí, nada que objetar. La labor policial es una profesión de riesgo y exige un reconocimiento acorde.
El problema aparece cuando esa igualdad se convierte en desigualdad.
El argumento del carácter militar
El Gobierno ha justificado la exclusión de la Guardia Civil del nuevo sistema de coeficientes reductores alegando su naturaleza militar. Según la Memoria de Análisis de Impacto Normativo, la Guardia Civil es un instituto armado de carácter militar y, por tanto, su régimen jurídico es diferente al de los cuerpos policiales civiles.
Pero en la calle la realidad es otra.
Guardias civiles y policías nacionales realizan funciones prácticamente idénticas: seguridad ciudadana, lucha contra el crimen, intervenciones armadas, operaciones contra el narcotráfico o protección de infraestructuras críticas. Ambos arriesgan la vida en situaciones de enorme tensión y peligro.
La diferencia jurídica no cambia la naturaleza del trabajo.
Una profesión de riesgo sin reconocimiento
La Ley General de la Seguridad Social contempla la posibilidad de reducir la edad de jubilación en profesiones especialmente penosas, peligrosas o con altos índices de morbilidad o mortalidad. Bajo ese paraguas ya se han aprobado coeficientes reductores para policías autonómicos y locales.
Ahora se aplicará también a miles de agentes de la Policía Nacional.
Pero no a la Guardia Civil.
Una situación que ha generado un profundo malestar en el cuerpo y en asociaciones profesionales como ASESGC, que denuncian que esta decisión supone un agravio histórico hacia los miembros del instituto armado.
Porque, en la práctica, significa que dos profesionales que realizan el mismo trabajo, enfrentan los mismos riesgos y comparten escenarios operativos, no tendrán los mismos derechos en materia de jubilación.
Una cuestión de respeto institucional
La Guardia Civil lleva más de siglo y medio formando parte de la estructura del Estado. Desde su fundación en 1844, ha sido una de las instituciones más estables y respetadas del país. Su despliegue territorial, especialmente en el medio rural, ha sido clave para garantizar seguridad en lugares donde ninguna otra institución llega.
Por eso, la cuestión no es solo jurídica o administrativa.
Es también una cuestión de respeto institucional.
Cuando se habla de igualdad entre cuerpos policiales, esa igualdad no puede convertirse en un argumento para dejar fuera a uno de los cuerpos que más ha contribuido a la seguridad del país.
La movilización que puede venir
La Plataforma para la Plena Equiparación Salarial y la Jubilación Digna ya ha anunciado movilizaciones para reclamar que tanto policías nacionales como guardias civiles sean reconocidos como profesión de riesgo con independencia del régimen de cotización.
La reivindicación no es nueva. Lleva años sobre la mesa.
Lo que ha cambiado ahora es la sensación de agravio.
Porque cuando se legisla para unos y se deja fuera a otros que desempeñan el mismo servicio público, el mensaje que se envía es peligroso: que no todos los que protegen al Estado reciben el mismo trato por parte del propio Estado.
Y eso, para un cuerpo que ha hecho del honor, el deber y el sacrificio su razón de ser, pesa mucho más que cualquier argumento técnico.
La Guardia Civil seguirá cumpliendo su misión como lo ha hecho siempre.
Pero el país también tiene la obligación de cumplir con quienes lo protegen.