La Fiscalía de Málaga acusa a un promotor de fiesta homófoba en Torremolinos

FACUA Andalucía informó a la Fiscalía de los mensajes que prohibían la entrada a homosexuales
Bandera LGTBI
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La Fiscalía de Málaga ha presentado acusación contra el promotor de una fiesta anunciada en enero en Torremolinos, que prohibía expresamente el acceso a personas homosexuales. Una querella que comenzó con la deuncia de FACUA. 

Según el fiscal delegado de la Sección de Delitos de Odio y Contra la Discriminación, Fernando Benítez, los mensajes difundidos por el acusado constituyen un delito de odio y atentaron contra la dignidad de las personas por motivos de orientación sexual. Por ello, solicita dos años de prisión, así como multas y otras sanciones accesorias.

El escrito de acusación también señala que el promotor cometió un delito de injurias a la autoridad por sus mensajes contra la alcaldesa de Torremolinos, Margarita del Cid, a quien llegó a insultar tras la reacción del Ayuntamiento y la opinión pública frente al evento.

La discoteca Casa Fátima Inoa publicitó la fiesta en redes sociales con un “reglamento” que incluía expresiones como: “no peleas, drogas, chanclas, maricones”, utilizando un número de contacto vinculado al acusado. Para la Fiscalía, este anuncio supuso una grave humillación y menoscabo de la dignidad del colectivo LGTBI, al equiparar la homosexualidad con conductas problemáticas como peleas o consumo de drogas.

El fiscal subraya que el promotor era consciente de que sus mensajes se difundían en redes sociales, lo que multiplicaba el impacto y la humillación hacia las personas afectadas. La alcaldesa de Torremolinos expresó públicamente su rechazo a la homofobia, condenando el evento y advirtiendo que se haría todo lo posible para impedirlo.

La Fiscalía considera que el promotor cometió tres delitos:

  1. Delito de odio por lesión de la dignidad del colectivo LGTBI.

  2. Injurias a la autoridad en el ejercicio de sus funciones.

  3. Denegación de prestación en grado de tentativa.

Por estos motivos, solicita además de la prisión, la inhabilitación para promover espectáculos durante dos años, multa de 19 meses y prohibición de ejercer actividades comerciales o educativas durante cinco años y nueve meses.

El caso, que comenzó con la denuncia de FACUA Andalucía, se ha convertido en un ejemplo de cómo la legislación española combate la discriminación por orientación sexual y protege la dignidad de las personas frente a conductas homófobas.

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