El Ayuntamiento de Morales del Vino ha anunciado la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la tasa por la utilización del centro municipal deportivo, tras no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público. Con esta aprobación, el acuerdo plenario provisional queda elevado a definitivo y su texto íntegro se hace público para conocimiento general.
La ordenanza establece que la tasa se aplicará a cualquier persona física o jurídica que utilice las instalaciones deportivas del centro, situado en la calle Miguel de Cervantes, número 24, destinado a actividades deportivas y de mantenimiento físico como gimnasia, yoga, judo, pilates, boxeo o kick boxing, entre otras.
Las cuotas establecidas son: Sala 1: 5 euros por hora. Sala 2: 4 euros por hora. Sala 3: 3 euros por hora
Quedan exentos de pago los colectivos y actividades promovidas por el propio ayuntamiento, que deberán, eso sí, publicitar su colaboración con nombre y escudo en un lugar visible. Además, cualquier daño causado a las instalaciones deberá ser asumido económicamente por los responsables.
La ordenanza regula también derechos y obligaciones de usuarios y espectadores, estableciendo normas sobre acceso a salas, vestuarios, prohibición de fumar o comer, coordinación de actividades y autorización para el uso de las instalaciones. Asimismo, fija los procedimientos de mantenimiento, conservación y seguridad del centro deportivo, así como las normas sobre publicidad y las infracciones y sanciones aplicables.
El alcalde o la persona en quien delegue tendrá competencias para coordinar la utilización de las instalaciones, fijar horarios y supervisar el cumplimiento de la ordenanza.
La ordenanza, que consta de 33 artículos y una disposición final, entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y permanecerá vigente hasta su modificación o derogación expresa. Contra este acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Zamora en el plazo de dos meses.
El expediente completo puede consultarse presencialmente en las oficinas municipales o a través de la sede electrónica del ayuntamiento.