jueves. 28.03.2024
Manuel Baltar, presidente de la Diputación de Ourense. Fotografía: Diputación de Ourense
Manuel Baltar, presidente de la Diputación de Ourense. Fotografía: Diputación de Ourense

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla de Sanabria finalmente ha podido celebrar a última hora de esta mañana el juicio rápido al comparecer telemáticamente tanto el abogado como el investigado Manuel Baltar la interceptarle la Guardia Civil por un exceso de velocidad el pasado 23 de abril en la A-52 a su paso por Asturianos.

Ha sido tras un proceso que estaba inicialmente previsto para el martes pero que hubo de suspenderse por la incomparecencia del letrado. 

El presidente de la Diputación de Orense no se ha conformado con el escrito de acusación ni con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y por tanto no se ha podido dictar sentencia de conformidad, por lo que el Juzgado de Puebla de Sanabria enviará ahora el procedimiento al Juzgado de lo Penal de Zamora para su enjuiciamiento el próximo 31 de mayo a las 10:00 horas. 

El también presidente del PP de Ourense conducía el coche oficial cuando fue interceptado a 215 km/h, un vehículo que acumula hasta diez denuncias similares por exceso de velocidad en los últimos cuatro años. Si bien en su momento se le sancionó con una multa por valor de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné, la velocidad interceptada por el radar se considera un presunto delito contra la seguridad vial y no una sanción administrativa. 

Ahora será juzgado por los hechos acaecidos en la autovía al paso por la comarca sanabresa, actuación por la que pidió disculpas en dos escuetos comunicados en los que alegaba un "despiste en una larga recta sin referencias".

Según el artículo 379 del Código Penal, conducir un vehículo superando la velocidad máxima permitida en 60 km/h en vías urbanas o en 80 km/h en vías interurbanas -como fue el caso- podría enfrentarse a una pena de prisión de tres a seis mese, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En cualquier caso, el delito sí conlleva la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

El caso de Baltar por conducir a 215 km/h pasa al Juzgado de lo Penal de Zamora