Siendo "conscientes" de la cercanía de fechas señaladas para los toresanos y aquellos forasteros que acuden a la localidad de Toro, en las que se deberían celebrar las Ferias y Fiestas de San Agustín 2020, por motivo de la pandemia del COVID-19 han sido suspendidas.
El Ayuntamiento de Toro ha realizado una alternativa basada en actividades de índole cultural, que nada tiene que ver con lo programado otros años atrás durante las fiestas. El desarrollo de estas actividades, según se emite en el bando municipal, se llevará a cabo siguiendo las normas y medidas de seguridad e higiene. Se procederá a su realización en recintos cerrados con control de aforo, desinfección de mobiliario, control de temperatura, uso del gel hidralcóholico, distanciamiento y uso obligatorio de mascarilla.
Bajo el lema "Ciclo Musical Vive Toro 2020", desde el Ayuntamiento afirman que "los vecinos pueden disfrutar de música en vivo sin promover aglomeraciones incontroladas". Aseguran desde el Consistorio que estarán en seguimiento de la evolución de la pandemia por si fuera necesario "suspender algunos de estos eventos en caso de brote o contagio comunitario", el cual por el momento no hay riesgo de producirse.
Desde el Ayuntamiento esperan responsabilidad ciudadana y que no se produzcan aglomeraciones sin control en locales, bodegas, peñas y reuniones en las cuales no se suelen cumplir las medidas de seguridad establecidas. Además, lanzan una petición a los bares y restaurantes para que cumplan con horarios y normas, unos sectores que han sido de los más castigados durante la pandemia.
También a los colectivos, tanto de mayores como de jóvenes, se les pide responsabilidad y actuar como ejemplo y con respeto hacia todos. En este sentido desde el Ayuntamiento se ha pedido a la Subdelegación del Gobierno una intensificación de la vigilancia con efectivos de la Guardia Civil y que se sancione cualquier actividad que incumpla las normas impuestas por la Junta de Castilla y León.
MEDIDAS IMPUESTAS POR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
- El uso obligatorio de mascarilla desde los 6 años.
- Extremar las precauciones en las reuniones de amigos y familiares, ya que pueden ser un foco de contagio y transmisión del virus.
- Cumplir las normas de distanciamiento social, las medidas de seguridad y de higiene. Lavado de manos frecuente, uso de gel hidroalcoholico, desinfección general...
De acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, se adoptan además de las anteriores, las siguientes medidas:
-Locales de ocio
1) El cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.
-Hostelería y restauración: En los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa.
2) Garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio en barra.
3) Garantizar una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.
4) Establecer como horario de cierre de los establecimientos la 1:00h como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00h.
-Centros sociosanitarios
5) Realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros sociosanitarios de carácter residencial (residencias de mayores y de personas con discapacidad) con 72 horas de antelación como máximo. También se realizará a los empleados/as que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores/as que se incorporen.
6) Limitar las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día. Se garantizará el escalonamiento de las visitas a los residentes a lo largo del día. Estas medidas se podrán exceptuar en el caso de personas que se encuentren en proceso del final de la vida.
7) Limitar al máximo las salidas de los residentes en centros sociosanitarios.
-Eventos y actividades multitudinarias
8) En los eventos multitudinarios se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria conforme a lo previsto en el documento "Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por covid-19 en España", acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación, cada evento de estas características deberá contar con la autorización de la comunidad autónoma o ciudad autónoma.
-Cribados con PCR en grupos específicos
9) En caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas (por ejemplo: residentes en centros socio-sanitarios, barrios con transmisión comunitaria, centros educativos, bloques de viviendas afectadas, colectivos vulnerables, etc.).
-Consumo de alcohol no autorizado en vía pública
10) Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, las comunidades autónomas y ayuntamientos aplicarán las sanciones correspondientes.
-Consumo de tabaco y asimilados
11) No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.
-Recomendaciones
12) Recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
13) Recomendar a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas.
14) Realizar periódicamente pruebas PCR a los trabajadores de centros sociosanitarios que estén en contacto directo con residentes.