Los herederos del escultor afirman que la sentencia reconoce que la disposición de los cargadores "forma parte del conjunto de la obra".
La familia de Hipólito Pérez Calvo, autor de la imagen de Jesús Luz y Vida y su trono-andas, ha enviado un comunicado a los medios en el que denuncia que la hermandad ha infringido el "derecho moral" del autor al cambiar la mesa, que forma parte de un conjunto. La familia explica asimismo que la sentencia reconoce que la disposición de los cargadores, "arropando a la imagen" forma parte del conjunto "como fue diseñado intelectualmente".
El comunicado de los herederos de Hipólito Pérez Calvo, que se reproduce de forma textual, dice así:
"El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 con competencia Mercantil de Zamora ha estimado la demanda presentada por D. Álvaro Pérez Mulas, hijo del fallecido escultor D. Hipólito Pérez Calvo, y defendido por la abogada del ICAVA Da. Patricia Ortiz Estévez, contra la Hermandad Penitencial de Nuestro Señor Jesús, de Luz y Vida, por la Infracción de los derechos de autor en materia de Propiedad Intelectual, al haber modificado el paso procesional sin su consentimiento".
"La sentencia indica en sus Fundamentos Jurídicos que "D. Hipólito Pérez Calvo creó no simplemente una escultura con su peana destinada a ser exhibida, sino una imagen destinada a ser utilizada en la Semana Santa de Zamora, motivo por el cual incluso se hizo constar en el contrato que la Hermandad propietaria necesitaría el consentimiento del autor para modificar tanto la obra escultórica como el trono andas".
"La sentencia añade que "la ubicación de los cargadores formó parte del proceso intelectual seguido para la creación de la obra, y que esta idea se mantuvo en las sucesivas modificaciones del trono-andas por la propia Hermandad. Pretender que por el hecho de que se haya cambiado el trono- andas el autor carece de legitimación para oponerse a cualquier modificación en el mismo no puede asumirse, pues la disposición de los cargadores formaba parte del conjunto de la obra, la cual además fue concebida precisamente para su exhibición procesional en la Semana Santa de Zamora".
Resume diciendo que "en definitiva la colocación de los cargadores, rodeando a la imagen, constituye parte del conjunto de la obra".
"Si la propia ubicación de la obra puede considerarse como elemento afectado por el derecho moral cuando ha sido tenido en cuenta en el proceso creativo del autor, con mayor razón lo será el trono-andas en el caso de autos, pues el mismo forma parte material de la obra e incide de manera fundamental en el resultado estético del conjunto del paso procesional. Y resulta que, efectivamente, la modificación introducida por la parte demandada supone una modificación ilícita de la misma, que vulnera el derecho moral del autor, ya que desbarata de manera evidente el resultado estético final del paso. La imagen religiosa aparece rodeada o 'arropada' por los cargadores, lo que se pretendió reflejar por el autor al confeccionar su creación, efecto que desaparece en el estado actual de las andas".
"Como dice Su Señoría "Llevando al límite la interpretación que hace la parte demandada resultaría que el trono-andas actual, que no es el original, podría sustituirse por una estructura de transporte con ruedas, incluso mecánico, al no actuarse sobre un elemento originalmente diseñado por el autor, lo cual resulta inadmisible".
"Concluye por tanto la sentencia que "Existe en definitiva una vulneración del derecho moral de autor". Por ello,
1- La Hermandad "no se encuentra legitimada para modificar la obra autoría de D. Hipólito, constituida por la escultura y el trono de andas referido en la demanda"
2.- Declaro que el derecho moral del autor a la integridad de la obra comprende el derecho a que no se modifique la obra sin su consentimiento;
3.- Condeno a la Hermandad demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones, prohibiéndole llevar a cabo cualquier actuación contraria a las mismas
"Esta sentencia recuerda, no sólo a la directiva de esta Hermandad, que comprar una obra de arte no supone adquirir la propiedad y poder hacer con ella lo que se quiera, sino que a su vez se asumen unas obligaciones: obligación de respetar tanto la propia obra como la idea que acompañó a su creación, obligación de no modificarla y obligación garantizar su conservación. No cumplir estas obligaciones supone faltar al derecho moral del autor".
"Deseamos mostrar nuestro agradecimiento -concluye la familia Pérez Mulas- a todos aquellos que nos han mostrado su apoyo en este proceso y esperamos que aquellos que debían haber mediado para evitar los hechos tomen ahora nota y asuman su responsabilidad".
"Por último queremos destacar que lo que nos ha movido a presentar esta demanda, en la que en ningún momento tuvimos pretensión de tipo económico, es: el profundo amor y respeto por Hipólito y por su obra; el profundo amor y respeto por nuestra Semana Santa, que él nos transmitió; y el profundo amor y respeto por la Hermandad Penitencial de Luz y Vida y sus propuestas estéticas y éticas originales, destacando el homenaje los fallecidos, entre los que se incluye el propio Hipólito, cuyo derecho moral ha sido, según indica la sentencia, vulnerado por la actual directiva de la Cofradía. Y finalmente, nos ha movido el amor por las cosas bien hechas".