La Estación Biológica Internacional (EBI) ha presentado recurso de apelación a la Audiencia Provincial de Zamora por delito medioambiental contra los gestores competentes de la Junta de Castilla y León. La EBI considera que "los indicios más que racionales de proceso contaminante se encuentran ya suficientemente argumentados".
La EBI expresa en su recurso que la inadmisión "sería lesiva para los intereses generales, no sólo de esta parte, al no permitir la investigación de hechos gravísimos, sino para el propio ecosistema y sus habitantes".
En cuanto a la diferenciación entre ilícito penal y meramente administrativo establecida por el Juzgado de Instrucción de Puebla de Sanabria para desestimar la querella en primer término, la EBI recalca que "es el perjuicio grave al equilibrio de los sistemas naturales el núcleo esencial de la querella, puesto que la conclusión de los investigadores evidencia ya la ruptura del equilibrio ecológico del Lago por exceso de nutrientes, fosfatos y nitratos".
Además, la EBI alega que el proceso contaminante se detecta "no sólo en la explosión del alga bioindicador, sino que se encuenta en otros indicadores físico-químicos (nitratos y fosfatos)" e incide en que "se han analizado otras causas naturales, incluidas las cenizas apuntadas por la Junta, y se han descartado como posible origen al no encontrarse contaminación en la laguna de Navaldelpozo, aguas arriba de los colectores y afectada igualmente por los mismos incendios".
En su recurso, la EBI cita los numerosos trabajo de investigación consultados, en una tarea de contraste con investigadores desde 1996. En relación a los datos formales de investigación, incluida su geolocalización, se menciona que los datos científicos se publican online en diversas plataformas como 'Proyecto Agua', 'Biodiversidad Virtual' y 'Encyclopedia of Life'. "Con independencia de las posiciones de la Junta y CHD, el objeto del delito medioambiental está en el agua y el sedimento lacustre", afirma la EBI.
En cuanto a la posibilidad de encontrar un indicio racional de delito medioambiental continuado, la EBI expone a la Audiencia Provincial la "evolución temporal de las declaraciones de Junta y CHD, ya que ambos organismos desmintieron inicialmente la existencia de vertidos contaminantes asegurando que todos disponían de sistemas de depuración y poco después y frente a la constatación pública de vertidos residuales, aluden ambos a la responsabilidad de los Ayuntamientos reconociendo deficiencias, que posteriormente la CHD cifró en un 20% durante su comparecencia en las Cortes de CyL".
En este sentido y en relación a las contradicciones entre administraciones, en el comunicado de la EBI se indica que "estamos frente al desmoronamiento de un castillo de naipes fundamentado en la evidencia de vertidos no depurados y retransmitidos por TV".
Así las cosas, la EBI solicita a la Audiencia Provincial que admita como prueba en el proceso la comparecencia del Presidente de la CHD, José Valín, en las Cortes regionales el pasado lunes. Señala que "con independencia del tono tranquilizador, la CHD reconoce la presencia de nutrientes, nitrógeno y fósforo, ordenando una investigación que determine si los contaminantes provienen de los vertidos residuales o de la cuenca vertiente afectada por los incendios".
Independientemente de las declaraciones de la Junta y de la CHD, la EBI afirma que "el objeto del delito se encuentra en el agua del propio Lago y más concretamente en su sedimento no manipulable con la prueba fehaciente de la contaminación producida por nutrientes, fósforo y nitraros de los últimos 11 años".
Por último, hace referencia a que "el Fiscal es parte legitimada garante de los intereses públicos y sociales entre los que debe situarse la protección del medio ambiente , y que los delitos públicos son perseguibles de oficio conforme a numerosa Jurisprudencia".