Salud mental, digitalización y clima laboral: las claves de la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que adapta la norma a la digitalización, la salud mental y los nuevos riesgos laborales del siglo XXI. El texto impulsado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social incorpora por primera vez de forma expresa los riesgos psicosociales, climáticos y ergonómicos en la protección de las personas trabajadoras
Trabajadores en altura
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El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de reforma de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, una actualización de la normativa que amplía su alcance para adaptarse a los cambios del mercado de trabajo actual, marcado por la digitalización, la reorganización empresarial, la desconexión digital y la necesidad de conciliación.

La nueva regulación, impulsada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, redefine el concepto de riesgo laboral y amplía la protección de las personas trabajadoras incorporando de forma explícita los riesgos psicosociales, ergonómicos, climáticos y derivados de catástrofes naturales, en un contexto en el que estos factores han ganado peso en la salud laboral.

Uno de los elementos más destacados de la reforma es la incorporación por primera vez de la salud mental como parte central de la prevención de riesgos laborales. El texto reconoce expresamente que los daños derivados del trabajo no son únicamente físicos, sino también cognitivos, emocionales, conductuales y sociales, abriendo la puerta a un abordaje más amplio de la salud en el entorno laboral.

La norma también establece que todos los riesgos, incluidos los relacionados con el clima o los factores psicosociales, deberán ser tenidos en cuenta en la evaluación preventiva de las empresas, así como en la planificación de medidas de protección.

En materia de vigilancia de la salud, el anteproyecto introduce la obligación de realizar exámenes específicos adaptados a los riesgos del puesto de trabajo, con el objetivo de detectar el impacto real de las condiciones laborales en la salud de las personas trabajadoras. Estos controles deberán llevarse a cabo al inicio de la relación laboral, de forma periódica y tras ausencias prolongadas.

Otro de los cambios relevantes es la exigencia de realizar la evaluación de riesgos mediante visitas presenciales a los centros de trabajo, reforzando el control directo de las condiciones laborales. Además, la formación preventiva deberá ser en general presencial, salvo excepciones justificadas.

La reforma incorpora también de manera expresa la perspectiva de género y de edad en la prevención de riesgos laborales, obligando a adaptar los puestos de trabajo a las características físicas, biológicas y sociales de las personas trabajadoras, así como a las desigualdades derivadas del género.

En el ámbito de la protección frente a situaciones de violencia, el texto define el acoso laboral, sexual o por razón de sexo, incluyendo también el ciberacoso y las conductas facilitadas por tecnologías digitales o sistemas de inteligencia artificial. Las empresas estarán obligadas a garantizar entornos de trabajo seguros frente a estas situaciones.

La nueva normativa refuerza además la prevención ante fenómenos meteorológicos adversos y catástrofes naturales, incorporando estas situaciones como parte de la planificación preventiva obligatoria en las empresas.

El anteproyecto también introduce cambios en la organización del sistema preventivo, ajustando el papel de los servicios de prevención, la formación de los delegados de prevención y el refuerzo de la prevención en empresas de menor tamaño. Se prevé además la creación de agentes territoriales de prevención en el ámbito autonómico para apoyar a las pequeñas empresas.

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, el Gobierno deberá desarrollar un reglamento específico sobre la protección frente a riesgos psicosociales, que abordará entre otras cuestiones la promoción de entornos laborales saludables y la prevención de la conducta suicida en el ámbito del trabajo.

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