Fin al voto rogado para los españoles residentes en el extranjero

Ya no se requerirá solicitar el voto, se podrá descargar papeletas, se habilitarán más centros electorales y se dará más tiempo de votación

La reforma de la ley electoral beneficiará a los más de 2,27 millones de ciudadanos españoles que residen fuera de nuestras fronteras

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que, entre otros aspectos, elimina el voto rogado para los españoles residentes en el extranjero que desde este momento recibirán de oficio en sus domicilios la documentación para votar. 

La disposición de la Jefatura del Estado permite eliminar las trabajas a los españoles residentes fuera de las fronteras nacionales que debían cumplir con una serie de plazos tanto para la solicitud de la documentación como para la remisión del voto por correo postal o su depósito en urna para darse por válido. Un impedimento importante para buena parte de los residentes en el extranjero que dificultaba su derecho al voto. 

Con esta publicación tras su aprobación en el Senado se modifica la ley electoral en respuesta a las peticiones de la comunidad nacional. De esta manera los españoles residentes en el exterior ya no necesitarán solicitar el voto en las próximas elecciones autonómicas y municipales del próximo mes de mayo, se podrán descargar papeletas, se habilitarán más centros electorales y se dará más tiempo de votación. 

La propuesta formulada por el PSOE y Unidas Podemos permitirá así acabar con el voto rogado implantado en 2011 y que supuso un importante desplome del voto exterior. En concreto, se calcula que menos del 10% de los electores solicitaron o rogaron el voto durante los comicios generales de 2011, 2015, 2016 y 2019 ante la "complejidad del procedimiento". 

A día de hoy 2.277.179 ciudadanos españoles residen fuera de nuestras fronteras, según los datos a fecha 1 de agosto. 

Comentarios