La Dirección General de Tráfico y la Tesorería General de la Seguridad Social han puesto en marcha un nuevo convenio de colaboración que introduce cambios relevantes en la verificación de los conductores profesionales en España. El acuerdo, aprobado mediante Resolución de 20 de enero de 2026, permitirá el cruce automático de datos de cotización para comprobar si un trabajador reúne oficialmente la condición de conductor profesional.
El objetivo es doble: agilizar los trámites administrativos y reforzar la seguridad vial, evitando que profesionales del transporte puedan ejercer sin tener en vigor su permiso de conducir.
Verificación automática y cruce de datos
Para que la DGT reconozca a un trabajador como conductor profesional deben cumplirse tres requisitos: que la empresa esté registrada en un CNAE vinculado al transporte, que exista una relación laboral vigente y que el trabajador cotice con la clave de ocupación correspondiente.
Solo cuando coinciden estos elementos, la Administración puede verificar oficialmente la vigencia del permiso. El sistema incorpora además la integración con la plataforma europea EUCARIS, lo que permitirá comprobar si un conductor ha perdido la vigencia del permiso en otro Estado miembro.
La condición de conductor profesional será determinante para acceder a determinados beneficios, como los cursos de recuperación parcial de puntos o la reducción de los plazos de inhabilitación tras la pérdida total del crédito.
Simplificación administrativa y riesgos por errores de datos
Con este modelo, el trabajador deja de aportar certificados o informes de vida laboral para acreditar su situación, ya que la consulta se realiza directamente entre administraciones.
Sin embargo, el sistema incrementa la relevancia de que los datos estén correctamente registrados. Un error en el CNAE, en la clave de ocupación —habitualmente la clave “f”— o en la cotización puede impedir que el trabajador sea reconocido como conductor profesional, afectando tanto al acceso a beneficios como al desarrollo de su actividad laboral.
El mismo procedimiento se aplica a trabajadores autónomos, que deberán figurar correctamente dados de alta en actividades de transporte para ser reconocidos ante la DGT.
Debate sobre el alcance del control
Desde Pyramid Consulting, firma especializada en asesoramiento jurídico en materia de tráfico y transporte, señalan que el convenio “supone un paso importante en la digitalización de la Administración, pero también abre un debate necesario sobre los límites del control institucional”.
La abogada de la firma, Ruby Blechschmidt, advierte de que la automatización elimina burocracia, pero exige extremar el cuidado en la gestión de altas, cotizaciones y clasificación de actividades, ya que cualquier error administrativo puede tener efectos inmediatos.
El intercambio de información se produce de forma automática, sin necesidad de autorización expresa del trabajador, lo que amplía la capacidad de supervisión institucional y empresarial sobre la situación profesional del conductor. Aunque el convenio contempla mecanismos de auditoría y control técnico, el cruce constante de datos mantiene abierto el debate sobre la protección de la información y el equilibrio entre eficiencia administrativa y supervisión.