miércoles. 24.04.2024
Imagen del juicio en Soria. Fotografía: Soria Noticias
Imagen del juicio en Soria. Fotografía: Soria Noticias

El Juzgado de lo Penal de Soria ha condenado a un año de prisión al hombre acusado de haber abofeteado a su mujer "ante miles de personas" cuando ésta estaba grabando un vídeo en directo para la red social TikTok. La sentencia lo condena como autor de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia contra la mujer y le impone además tres años de prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima y prohibición de entablar comunicación con ella, también de manera online. 

La sala también ha dictado otros tres años de privación del derecho de tenencia y porte de armas, cumpliendo así con la pena que solicitaba la Fiscalía.

Los hechos tuvieron lugar el pasado 28 de enero cuando la víctima participaba en una "batalla" en Tik Tok junto a otros tres usuarios. En un momento de la emisión, uno de los tres chicos mostró su torso desnudo, momento en el que el acusado  "se incorporó a la retransmisión del juego, que se estaba realizando en directo y ante miles de personas que seguían la retransmisión y, guiado por el ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó una fuerte bofetada que hizo que se le saltaran las lágrimas".

Si bien la mujer renunció a someterse a un reconocimiento por el médico forense y a cualquier tipo de indemnización, la magistrada recuerda que no es necesario que ésta presente denuncia "debiéndose castigar una vez que se tiene conocimiento de su comisión".

Pese a que en el juicio no declararon ni el acusado ni la víctima, la sala se ha basado en la prueba de la retransmisión en directo y el vídeo en el que la mujer reconoce haber sido agredida en anteriores ocasiones. La sentencia recoge así que "basta con el simple hecho de la retransmisión en directo de la bofetada para que los poderes públicos desplieguen el ámbito de protección de la víctima, con independencia de que ella se reconozca como tal".

Al tiempo, la magistrada considera que la agresión, además de ser "pública y notoria, ante miles de personas" se realizó con la intención de "menoscabar su integridad física y de humillarla en público, sin que conste que le causara lesiones, si bien se produjo un maltrato evidente y real". Se trata de unos hechos constitutivos de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia contra la mujer y que están recogidos en el artículo 153.1 del Código Penal

"Esta conducta merece el mayor reproche penal que permite la ley, merece que se imponga la pena en su grado máximo, ya que el acusado no es capaz de respetar a su esposa, ni siquiera en público". La magistrada considera además que se trata de una pauta repetida en ocasiones anteriores, ya que la víctima reconoce que, con anterioridad a estos hechos, ya había recibido dos palizas

El caso acusó en su momento auténtica conmoción a nivel nacional con la imagen de la bofetada saltando en todos los medios y televisiones y en la que la víctima aseguraba que se trataba de "su padre" -cuando en realidad era su pareja- que estaba enfadado por una discusión anterior: "Es que él ya estaba enfadado conmigo porque contesté a unas preguntas". Posteriormente ambos grabaron un vídeo -ya borrado- en el que aseguraban que estaba todo preparado: "Ya lo habíamos hablado. Queríamos más seguidores, más comentarios". 

LA  SENTENCIA AL COMPLETO PUEDE LEERSE EN SORIA NOTICIAS

Un año de prisión para el soriano que abofeteó a su pareja en TikTok "ante miles de...