miércoles. 24.04.2024

La Junta amplía el paraguas protector a las víctimas al regular por ley nuevas formas de violencia de género y articular redes de atención especializada

Isabel Blanco presenta el anteproyecto de ley de atención integral a las víctimas de violencia de género, elaborado con las propuestas del Diálogo Social y 78 entidades, y destaca el fuerte compromiso del Gobierno de Mañueco en la lucha contra esta lacra

La norma tipifica cuatro nuevas formas de agresión: la digital y tecnológica; la vicaria, que se ejerce sobre hijos y otros familiares; la de segundo orden, sobre personas que apoyan a las víctimas; y la institucional

La atención integral, enfocada a la recuperación de la autonomía, se canaliza a través de una red general de recursos y prestaciones y otra de servicios especializados para prestar cobertura a personas con necesidades especiales

El texto prevé la creación de un servicio de atención psicológica al agresor con el reto de modificar sus comportamientos, que también desarrollará programas de tratamiento para prevenir la reincidencia

Isabel Blanco
Isabel Blanco

La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Isabel Blanco, ha detallado esta mañana en Valladolid las principales novedades de la futura ley de atención integral a las víctimas de violencia de género en Castilla y León, coincidiendo con la publicación hoy mismo del anteproyecto en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta. Durante su presentación Blanco ha reiterado que la lucha contra la violencia de género es un compromiso personal del presidente Mañueco y de todo el Ejecutivo autonómico, a la vez que ha recordado la importancia que tiene en este sentido pasar de las palabras a los hechos.

De hecho, la nueva norma, que es fruto de la evaluación y actualización de la ley autonómica de 2010 –germen del modelo de atención integral ‘Objetivo violencia cero’– amplía el paraguas protector a las víctimas al reconocer nuevas formas de violencia, promover una mejor y más efectiva detección y prevención de estas situaciones, y favorecer una atención más universal.

El documento, abierto desde ahora a las sugerencias de la sociedad civil, es fruto de un intenso trabajo e intercambio de ideas del Gobierno autonómico con el Diálogo Social; las entidades públicas y privadas que forman parte del sistema de Servicios Sociales y que intervienen tanto en la prevención, como en la atención a víctimas de violencia de género; y las que conforman el entramado de las Redes por la Igualdad.

En total, 78 organizaciones y un centenar de profesionales han participado en la elaboración de este anteproyecto de ley, que se estructura en cinco títulos, 70 artículos, una disposición derogatoria y dos finales.

Se trata de un texto flexible, configurado para dar cabida a las nuevas formas de violencia que existen actualmente y a las que puedan aparecer en el futuro, y que impulsa y mejora los medios telemáticos para que el acceso a los recursos se pueda realizar de manera más ágil y eficaz, sin renunciar a la vía presencial.

La confección de este texto se sustenta en tres pilares. El primero es la propia actualización de la norma para dar encaje en ella a la realidad social vigente. Esto supone regular las nuevas formas de violencia de género que han ido emergiendo en los últimos años y, en consecuencia, extender el paraguas protector a las víctimas.

En segundo lugar, el texto incide en la prevención, detección y evaluación como  herramientas fundamentales para avanzar en la lucha contra la violencia de género. Tareas en las que implica al conjunto de la sociedad civil –para consolidar una cultura de rechazo hacia la violencia de género– y al propio agresor –al que convierte en destinatario de medidas de preventivas, de sensibilización y atención–.

El tercer hito de la nueva norma es la modificación de los modelos de atención a las mujeres víctimas, al pasar de un enfoque exclusivamente asistencialista a otro más avanzando, que incluye el apoyo en los procesos para la recuperación de su autonomía personal y la restitución de sus derechos vulnerados.

Se amplía la protección a más personas

La violencia de género se define en esta norma como cualquier acto de violencia que se ejerce contra las mujeres por el hecho de serlo, que tenga o pueda tener como resultado el daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. Se incluyen en esta denominación las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad –tanto si se produce en la vida pública, como en la privada–, comprendiendo las distintas formas de violencia física, psicológica, sexual y económica, que tienen lugar en los ámbitos de la pareja, familiar, laboral y sociocomunitario.

El ámbito de aplicación de la norma se extiende y, con ello, se amplía la protección a más personas. Así cita expresamente a mujeres trans, niñas y adolescentes en situación de violencia de género, pero también a los menores que se encuentren bajo su patria potestad o guarda y custodia, así como a los familiares, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, que convivan con ella. Bajo el paraguas de esta ley figuran también las mujeres castellanas y leonesas retornadas, que hayan sido víctimas de violencia de género en otro país.

El anteproyecto tipifica cuatro nuevas formas de violencia de género y actualiza otras para adecuarlas a la realidad social. Dentro del primer bloque, cabe destacar la ‘violencia digital’, es decir, la que se ejerce utilizando las tecnologías de la información y las redes sociales, donde se enmarcan actitudes como el ciberacoso; las ciberamenazas; la ciberdifamación; la pornografía no consentida; los insultos y el acoso por motivos de género; la extorsión sexual; el control o espionaje a través del móvil y cualquier herramienta digital (redes sociales, webs, foros, correo electrónico, aplicaciones de mensajería instantánea…); la difusión de datos personales o documentos íntimos en la red; la coacción para obligar a la víctima a facilitar claves personales; la usurpación de su identidad en línea, y las amenazas de violación y de muerte.

Otra de las modalidades introducidas en el texto legislativo es la ‘violencia vicaria’, que comprende la que se ejerce sobre los hijos y familiares o allegados a la mujer, sean menores o mayores de edad, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia, con la finalidad de causarles perjuicio o daño.

La tercera tipología nueva es la llamada ‘violencia de segundo orden’, que incluye los actos de violencia física o psicológica, represalias, humillaciones y la persecución ejercidas sobre las personas que apoyan a quienes sufren la violencia de género, así como las acciones que impidan la prevención, detección, atención y recuperación de las víctimas.

Junto a esto, se regula también por primera vez la ‘violencia institucional’, que comprende las acciones u omisiones que se realizan desde la administración pública con el fin de diferir, obstaculizar o impedir el acceso a derechos para una vida libre de violencia.

Prevención y detección precoz

El anteproyecto legislativo incide en la prevención y en la detección precoz como herramientas fundamentales para avanzar en la lucha contra la violencia de género, precisamente uno de los compromisos del Gobierno de Mañueco.

A tal efecto, la ley determina que la Junta de Castilla y León aprobará, cada cuatro años, un plan integral de sensibilización y prevención que abordará, entre otros aspectos un estudio diagnóstico de la situación; la identificación y recopilación de las buenas prácticas y experiencias en materia de prevención y erradicación de la violencia de género; acciones para el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres y la modificación de patrones sexistas; la prevención de todas las formas de violencia y desigualdades de género; y la elaboración, implantación y actualización de protocolos de actuación en diversos campos.

Este plan recogerá también medidas dirigidas a la formación y especialización de profesionales de distintos ámbitos, tales como el sanitario, policial, social, educativo, judicial, laboral, psicológico y de los medios de comunicación, al tiempo que se impulsará la inclusión de módulos sobre la detección y atención a las víctimas de violencia de género en cursos que organicen instituciones públicas y privadas.

La detección tiene por objeto identificar, analizar y diagnosticar la existencia de situaciones de riesgo y vulnerabilidad en las que se encuentren las víctimas y posibles víctimas de violencia de género, así como evitar que les causen daños efectivos. Para ello, se recogen pautas de actuación referidas específicamente a la detección de la violencia en las esferas sanitaria, educativa, de los servicios sociales, laboral, deportiva y local.

Investigación e innovación

Estrechamente vinculado con la detección y prevención, el anteproyecto de ley dedica el título primero a la evaluación, investigación e innovación en materia de violencia de género. El análisis y medición de resultados se configura como una herramienta clave para planificar e implementar actuaciones eficaces de lucha contra la violencia de género e identificar las posibilidades de mejora.

Junto a esto, se prevé la realización de estudios sobre las causas y consecuencias de la violencia de género, también analizada en el medio rural, y la promoción de investigaciones en el ámbito universitario que ayuden a mejorar la prevención, la atención y la efectividad de la recuperación en situaciones de violencia de género.

Por su parte, la innovación tendrá como objetivo definir y ensayar estrategias y metodologías novedosas, inclusivas y accesibles, que ayuden a erradicar la violencia de género. La Junta convocará anualmente los premios a la innovación en la lucha contra la violencia de género, con el objetivo de fomentar y reconocer la creación de proyectos que contengan respuestas innovadoras ante los contextos desafiantes que favorecen la violencia de género, así como nuevos enfoques que supongan una mejora y avance en la lucha contra esta lacra.

Derivación y atención integral

Una vez detectada una situación de violencia de género, se pasa a la siguiente fase de derivación de la víctima para ofrecerle una atención integral, que se prestará bajo los principios de prevención, solidaridad, transversalidad, planificación, profesionalidad, carácter multidisciplinar, calidad y coordinación.

El anteproyecto de ley regula en su articulado el objetivo, los recursos y los protocolos para garantizar la atención integral a las víctimas y la restitución de los derechos vulnerados, con la finalidad de promover la salida del círculo de violencia y la recuperación de su autonomía personal de las víctimas.

Estos apoyos se canalizarán a través de la Red de Atención General –integrada por los centros y servicios destinados a víctimas de violencia de género no afectadas por una doble vulnerabilidad– y de las Redes de Atención Especializada –orientadas a los cuidados de mujeres que, además de sufrir violencia de género, padecen algún tipo de discapacidad, enfermedad mental grave, adicciones o trata y explotación sexual–.

Esa intervención de las redes especializadas constituye otra de las novedades más destacadas que incorpora este texto con respecto al anterior del año 2010, a lo que se une la creación de servicio de atención psicológica a hombres que ejerzan violencia contra las mujeres, con el reto de modificar sus comportamientos, que también desarrollará programas de tratamiento para prevenir la reincidencia.

El acceso a estos servicios y recursos podrá realizarse desde los sistemas sanitario y de Servicios Sociales, debiendo coordinarse los respectivos procedimientos mediante protocolos de derivación comunes y estandarizados.

Acceso en igualdad a toda la red de recursos

En lo que respecta concretamente a las materias competenciales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, el texto encomienda a la red de Servicios Sociales garantizar a las víctimas el derecho a la atención integral hasta la finalización del proceso de recuperación; prevé una formación específica para que sus profesionales sepan dar una respuesta eficaz ante estas situaciones, y precisa que se establecerán medidas específicas para la detección, intervención y apoyo a mujeres con discapacidad, enfermedad mental, drogodependencia, en situación de exclusión, riesgo o vulnerabilidad social, y otras problemáticas añadidas a la violencia.

Será responsabilidad de la Administración asegurar que estos recursos sean accesibles y se presten en condiciones de igualdad a todas las víctimas. La atención de sus necesidades requerirá la colaboración de todas las instituciones públicas y de las organizaciones sociales que trabajen en el ámbito de atención a colectivos determinados.

También será precisa esa cooperación para trabajar desde el punto de vista preventivo. Por ello, el Gobierno de Mañueco promoverá la elaboración de protocolos de intervención, generales y específicos, con las entidades implicadas en la erradicación de la violencia de género, al tiempo que fomentará la creación de servicios asistenciales especializados que atiendan la problemática de la violencia de género, evitando la victimización secundaria.

Asimismo, la Junta de Castilla y León continuará colaborando con el Gobierno estatal y con las corporaciones locales en la detección precoz y el impulso a la intervención de oficio para proveer a cada víctima de mecanismos de protección.

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