viernes. 19.04.2024
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Según anuncia el auto emitido por la Audiencia Provincial, el órgano judicial procederá a revisar la sentencia de la misma sala, emitida el 11 de diciembre de 2009 por la que se condenó a un varón por los delitos de falta de vejaciones injustas, sancionada con 15 días de multa con una cuota diaria de tres euros; autoría de un delito de agresión sexual, con pena de ocho años de prisión y como autor de un delito de agresión sexual en grado de tentativa, penado con cuatro años de prisión.

Según el informe emitido por el Ministerio Fiscal y las alegaciones efectuadas por el penado, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/22 de garantía integral de la libertad sexual, y el propio hecho de la retroactividad de la ley penal establecido en el artículo 2.2 del Código Penal, que obliga a los tribunales a aplicar en todo caso la norma más favorable para el reo, "procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia de fecha 11 de diciembre de 2009 y la reducción de la pena en ambos delitos, al no haber causa alguna que justifique la pretensión del Ministerio Fiscal de no proceder a la revisión respecto al delito consumado".

Así pues, la revisión de la pena "no puede ser rechazada por considerar, como mantiene la Fiscalía, la pena impuesta en sentencia por el delito del artículo 179 CP consumado es susceptible de ser impuesta con arreglo a la nueva redacción". Este motivo, que procedería acoger de existir una norma transitoria como prevista en la LO 10/95, "no puede serlo en contra del reo sin venir específicamente contemplado en la norma, pues no procede aplicar de forma extensiva esta y hacerlo en contra del reo", explica el máximo órgano judicial en la provincia.

Por tanto, la Audiencia emite en la parte dispositiva que se acuerda la revisión de la pena impuesta, con la imposición de la pena de prisión de seis años y ocho meses por el delito de agresión sexual y dos años y ocho meses de prisión por el delito de agresión sexual en grado de tentativa, con la pena de inhabilitación accesoria impuesta en los mismos términos.

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