Galende aprueba la delegación de competencias en el Alcalde para la Licitación del Camping El Folgoso

Camping Folgoso. Fotografía: Instagram camping
Este acuerdo se toma en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de Régimen Jurídico, Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales

En sesión ordinaria celebrada el 31 de enero, el Pleno del Ayuntamiento de Galende adoptó un acuerdo en el que se delegaron en el Alcalde-Presidente las competencias necesarias para la tramitación y adjudicación del expediente 174/2024. Este expediente corresponde a la concesión de servicios para el camping El Folgoso, y en él se incluyen la aprobación de la incoación de la licitación, los pliegos de condiciones económico-administrativas particulares (PCAP) y los pliegos de condiciones técnicas (PCT).

El acuerdo establece que el Alcalde-Presidente, como órgano de contratación, asumirá las competencias para llevar a cabo la tramitación y adjudicación del contrato, aunque deberá dar cuenta al Pleno de todas las decisiones relacionadas. El texto del acuerdo señala:

“007. Expediente: 174/2024. Contrataciones. Concesión de servicios. Camping El Folgoso. Aprobación expediente licitación y pliegos (…). Cuarto.- Delegar en la Alcaldía todas las competencias necesarias para la tramitación y adjudicación de este contrato, dando cuenta al Pleno.”

Este acuerdo se toma en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de Régimen Jurídico, Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, para que conste oficialmente y pueda surtir los efectos previstos en la normativa.