Galende aprueba la delegación de competencias en el Alcalde para la Licitación del Camping El Folgoso

Este acuerdo se toma en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de Régimen Jurídico, Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales
Camping Folgoso. Fotografía: Instagram camping
photo_camera Camping Folgoso. Fotografía: Instagram camping

En sesión ordinaria celebrada el 31 de enero, el Pleno del Ayuntamiento de Galende adoptó un acuerdo en el que se delegaron en el Alcalde-Presidente las competencias necesarias para la tramitación y adjudicación del expediente 174/2024. Este expediente corresponde a la concesión de servicios para el camping El Folgoso, y en él se incluyen la aprobación de la incoación de la licitación, los pliegos de condiciones económico-administrativas particulares (PCAP) y los pliegos de condiciones técnicas (PCT).

El acuerdo establece que el Alcalde-Presidente, como órgano de contratación, asumirá las competencias para llevar a cabo la tramitación y adjudicación del contrato, aunque deberá dar cuenta al Pleno de todas las decisiones relacionadas. El texto del acuerdo señala:

“007. Expediente: 174/2024. Contrataciones. Concesión de servicios. Camping El Folgoso. Aprobación expediente licitación y pliegos (…). Cuarto.- Delegar en la Alcaldía todas las competencias necesarias para la tramitación y adjudicación de este contrato, dando cuenta al Pleno.”

Este acuerdo se toma en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de Régimen Jurídico, Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, para que conste oficialmente y pueda surtir los efectos previstos en la normativa.

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