Un pueblo de Zamora regula el uso de sus barbacoas municipales y establece multas de hasta 3.000 euros

La prohibición también se aplicará cuando haya vientos fuertes u otras circunstancias meteorológicas que puedan favorecer la propagación del fuego.
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El Ayuntamiento de Peleas de Abajo ha aprobado definitivamente la nueva ordenanza municipal que regula el uso de las barbacoas de titularidad municipal ubicadas en el casco urbano, después de que durante el periodo de exposición pública no se presentara ninguna reclamación.

La normativa, aprobada inicialmente por el Pleno municipal, establece las condiciones de utilización de estas instalaciones con el objetivo de compatibilizar su uso recreativo con la seguridad de las personas, la prevención de incendios, la protección de los bienes y el medio ambiente y la convivencia vecinal.

Uno de los principales puntos de la ordenanza es la regulación de los combustibles. Los usuarios únicamente podrán utilizar carbón vegetal o briquetas destinadas específicamente para este uso.

Queda expresamente prohibido emplear gasolina, alcohol, disolventes, combustibles líquidos inflamables, residuos, plásticos, neumáticos, palés, leña, restos vegetales, acelerantes y cualquier otro combustible distinto de los autorizados.

El Ayuntamiento justifica esta limitación por motivos de seguridad y prevención de incendios, así como para reducir la proyección de chispas y facilitar el control de la combustión.

Las barbacoas podrán utilizarse entre las 9:00 y las 23:00 horas, aunque el Ayuntamiento podrá modificar temporalmente este horario por razones de seguridad, interés público o convivencia vecinal.

También se contempla la posibilidad de establecer un sistema de reserva previa, cuya autorización será temporal y no generará ningún derecho permanente sobre las instalaciones.

La ordenanza obliga a los usuarios a vigilar el fuego durante todo el tiempo que permanezca encendido, disponer de agua u otro medio eficaz de extinción y mantener libre de materiales combustibles el entorno inmediato de la barbacoa.

Además, será obligatorio recoger los residuos, depositarlos en los contenedores habilitados y apagar completamente las brasas antes de abandonar las instalaciones.

También estará prohibido encender fuego fuera de las barbacoas autorizadas, arrojar brasas o cenizas sin extinguir, utilizar petardos o elementos pirotécnicos, acumular combustible en cantidades excesivas o generar molestias graves por humo, ruido o comportamientos incívicos.

El uso de las barbacoas quedará automáticamente suspendido cuando exista una prohibición de la Junta de Castilla y León, durante situaciones de alerta, alarma o emergencia por riesgo de incendios o cuando las autoridades adviertan de un riesgo extremo o muy alto.

La prohibición también se aplicará cuando haya vientos fuertes u otras circunstancias meteorológicas que puedan favorecer la propagación del fuego.

Asimismo, la Alcaldía podrá ordenar el cierre temporal de las instalaciones por motivos de seguridad, mantenimiento o interés público.

La nueva normativa establece un régimen sancionador dividido en tres categorías. Las infracciones leves podrán ser castigadas con multas de hasta 150 euros e incluyen, entre otras conductas, no mantener limpia la instalación, depositar residuos fuera de los lugares habilitados o incumplir el horario de uso.

Las infracciones graves, sancionables con multas de entre 151 y 750 euros, incluyen utilizar combustibles prohibidos, encender fuego fuera de las zonas autorizadas, dañar las instalaciones municipales o incumplir una orden de suspensión.

Por su parte, las infracciones muy graves podrán alcanzar los 3.000 euros. En esta categoría se incluyen utilizar las barbacoas durante periodos de prohibición por riesgo de incendio, provocar un incendio por negligencia o causar daños graves a personas o bienes.

La ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y permanecerá vigente hasta que sea modificada o derogada expresamente.

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