Otero de Bodas aprueba inicialmente la ordenanza fiscal para el uso del albergue municipal

En caso de que no se presenten reclamaciones durante dicho plazo, el acuerdo se considerará definitivamente aprobado
Ayuntamiento Otero de Bodas
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El Ayuntamiento de Otero de Bodas ha aprobado inicialmente, en una sesión extraordinaria del Pleno celebrada el 15 de mayo de 2024, la ordenanza fiscal que regulará el uso del albergue municipal, estableciendo un precio público para su utilización.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 17-2 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente queda sometido a información pública durante un plazo de treinta días. Este período comenzará a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, permitiendo a los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

En caso de que no se presenten reclamaciones durante dicho plazo, el acuerdo se considerará definitivamente aprobado. 

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