Este lunes arranca la ronda de contactos del rey Felipe VI para proponer un candidato a la presidencia del gobierno. De esta forma, a lo largo de dos días recibirá a los representantes de las siete formaciones que participarán en esta ronda de consultas, en orden de menor a mayor número de votos.
Este lunes será el turno de Javier Esparza Abaurrea de Unión del Pueblo Navarro, Cristina Valido García Coalición Canaria, Aitor Esteban Bravo de Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV) y Yolanda Díaz Pérez de Sumar. Ya mañana, a las 10:30 horas comenzará con Santiago Abascal, Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo.
Una vez celebradas estas reuniones, y presentada la propuesta para la Presidencia del Gobierno por parte de S.M. el Rey a través de la Presidencia del Congreso, para lo que la Constitución no establece ningún plazo máximo, Francina Armengol fijaría la fecha para celebrar la sesión de investidura, otro de los momentos más relevantes del inicio de la nueva legislatura.
En esta sesión, prevista en el artículo 99 de la Constitución y regulada en los artículos 170 a 172 del Reglamento del Congreso de los Diputados, el candidato a presidente del Gobierno expone ante la Cámara el programa del Gobierno que pretende formar y solicita al Congreso la confianza para hacerlo, y los representantes de los distintos grupos parlamentarios exponen su posición.
Finalizado el debate, se realiza la primera votación, en la que el candidato necesita el apoyo de la mayoría absoluta de la Cámara, es decir, la mitad más uno, 176 diputados, para ser elegido presidente del Gobierno. Si no la obtiene, se realizará una nueva votación pasadas 48 horas, y el candidato será investido presidente si obtiene mayoría simple, más votos a favor que en contra.
En caso de que la Cámara no otorgara la confianza al candidato, el Rey volvería a presentar otra candidatura por el mismo procedimiento, y se repetiría la fórmula del debate de investidura. Si pasados dos meses desde la primera votación ninguno de los candidatos propuestos es elegido, se tendrían que convocar nuevas elecciones. En este caso sería el presidente del Congreso el que sometiera a la firma del Rey el Decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones generales.