Los nuevos cambios en el estado de alarma, ¿qué podremos hacer a partir del lunes 27?

Con los nuevos cambios en el estado de alarma: ¿qué se podrá hacer a partir del lunes 27 de abril? Se lo contamos a continuación

A partir del 27 de abril y como medida más importante, los niños, menores de 14 años, podrán salir a la calle acompañados de sus padres o de mayores de edad, una hora al día y a menos de un kilómetro de casa. Podrán utilizar sus juguetes, pero no podrán utilizar los parques ni las zonas comunes de las urbanizaciones. Además tendrán que mantener las distancias de seguridad establecidas como preventivas también no pudiendo aproximarse a más de metro y medio de otras personas.

Después de más de cuarenta días desde que se decretase el estado de alarma, el Ejecutivo de Pedro Sánchez comienza la llamada desecalada y parece dispuesto a rebajar el confinamiento tras la caída relativa de la curva de contagios. Hace diez días se levantaba la prohibición para trabajar de los negocios no esenciales, a partir de este lunes 27 de abril se esperan nuevos cambios y todo está sujeto a los nuevos anuncios que irán haciendo Ministros y responsables de esta crisis.

Los niños, menores de 14 años, podrán salir a la calle acompañados de un mayor de edad, una hora al día y a menos de un kilómetro de sus casas. El pasado martes el Gobierno rectificaba en cuestión de horas las condiciones de este momento lúdico y era Pablo Iglesias el que pedía perdón por la confusión que se había generado. La primera orden era  que los niños solo podrían salir a la calle para acompañar a un adulto en tareas esenciales como ir a la compra o a la farmacia, algo que generó una lógica corriente en contra de la medida que ha tenido que ser cambiada.

Los demás seguirán con las mismas medidas y por lo tanto sólo podrán salir de casa para servicios esenciales y movimientos inaplazables por trabajo o salud.

Que se podrá hacer a partir del lunes 27 de abril:

- Ir a la casa de familiares en situación de vulnerabilidad para ayudarles.

-Los niños podrán salir a dar pequeños paseos.

-Comprar productos de primera necesidad.

-Acudir al trabajo y retorno al lugar de residencia.

- Acercarse al médico o visitar el hospital.

-Desplazamientos por causa de fuerza mayor.

-Visitas al banco o a entidades de seguros.

-Depositar la basura en los contenedores.

- Cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables.

Sacar al perro a hacer sus necesidades, que debe hacerse de manera individual y próximo al domicilio.

Comercios y establecimientos que podrán ofrecer sus servicios:

- Negocios de hostelería, para ofrecer eso si solo servicio a domicilio.

- Las peluquerías podrán seguir trabajando, pero únicamente a domicilio, recuerden que esta fue otra de las polémicas al inicio del confinamiento.

- Farmacias.

- Tiendas de alimentos y bebidas.

- Ópticas y ortopedias.

- Establecimientos médicos y sanitarios.

- Kioscos de prensa y papelerías.

- Droguerías.

- Gasolineras.

- Estancos.

- Tintorerías y lavanderías.

- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.

- Tiendas de alimentos para mascotas.

- Locales de alquiler de vehículos pero únicamente para uso profesional.

- Clínicas veterinarias.

- Toda la venta 'online', que podrá ser regulada por el Ministro de Transportes.

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