¿Conducir en chanclas es motivo de multa? La DGT aclara esta cuestión

Los pies con zapatillas cerradas y calcetines no es algo cómodo con las altas temperaturas del verano
Conducir chanclas Archivo
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En plena temporada estival, surgen las dudas: ¿Es legal conducir con chanclas? La respuesta directa es sí, pero con matices importantes. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), no existe una prohibición explícita sobre el uso de ciertos tipos de vestimenta al volante, como chanclas, tacones o incluso sin camiseta. Sin embargo, la normativa sí deja margen para interpretaciones que podrían resultar en sanciones.

El artículo 13 de la normativa de tráfico establece que cualquier condición que dificulte o comprometa la capacidad de conducción puede ser motivo de multa. Esto incluye el uso de calzado inadecuado que limite el control de los pedales o que afecte negativamente a la libertad de movimiento del conductor.

"Conducir con chanclas puede no ser sancionable per se, pero sí lo será si representa un riesgo para la seguridad vial", advierte la DGT. Lo mismo aplica para otras prendas como la ropa de baño, que podría interferir con el correcto ajuste del cinturón de seguridad o con la posición adecuada frente al volante.

Las multas por estas infracciones pueden alcanzar hasta los 80 €, dependiendo de la evaluación que hagan los agentes de tráfico en el momento del control. La clave está en asegurarse de que la vestimenta no comprometa la seguridad propia ni la de los pasajeros.

Así que ya sabes, si prefieres las chanclas para el verano, asegúrate de que no afecten tu capacidad de conducir de manera segura. Mantener la atención y el control total del vehículo siempre debe ser la prioridad número uno en la carretera.

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