Desde el próximo 1 de septiembre y hasta el 14 del mismo se podrá solicitar la beca de libros para niños de infantil en este curso 2015-2016. La solicitud se recogerá en La Concejalía de Educación y Bienestar Social y entregarlo cumplimentado en dicha concejalía o en el Registro del Ayuntamiento.
Se podrá solicitar entre la fecha dicha desde las 10 a 14h ambos días de septiembre inclusive. Para saber si la beca ha sido concedida se publicará en la página web y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. También puedes llamar al Teléfono 980 63 04 45 a partir del 15 de Octubre. El fin de la beca es ayudar económicamente a comprar los libros de texto de los niños de Educación Infantil e irá destinada a las familias que cumplan los siguientes requisitos:
-Encontrarse inscritos el Padrón Municipal del Ayuntamiento.
- Que el niño o la niña esté matriculado/a en un colegio público o privado concertado, cursando estudios de Educación Infantil.
-No superar los tramos de renta de la unidad familiar (padre y madre) en los importes siguientes. UNIDAD FAMILIAR Declaración de la renta Familias con uno o dos miembros computables 12.000€ Familias con tres miembros computables 13.500€ Familias con cuatro miembros computables 14.500€ A partir del 4o miembro se añadirán por cada uno. 1.500€
-Acompañar la solicitud de factura original de compra de los libros o de factura proforma o albarán que acredite la reserva de los mismos.
Así mismo la solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
1. Fotocopia del DNI o NIE del padre y de la madre. 2. Fotocopia del Libro de Familia completo.
3. Certificados acreditativos de circunstancias especiales: titulo de familia numerosa, familia monoparental, certificación de persona con discapacidad, alumno/a con necesidades educativas especiales, otros.
4. Documentación acreditativa de los ingresos familiares: Impuesto de la Renta de las personas físicas del 2014 del padre y de la madre o certificado negativo de la Agencia Tributaria de no estar obligado a presentar declaración. Para trabajadores por cuenta propia: acreditación del abono de los pagos a cuenta de los trimestres cerrados a la fecha de la solicitud (Modelo 130 o 131 ). Certificado acreditativo de la ayuda que reciba: Renta Activa de Inserción (RAI), Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC), Pensión de Invalidez, Pensión No Contributiva (PNC), Prestación por Desempleo,... Trabajadores en situación de desempleo: tarjeta de demandante de empleo y certificación expedida por el ECYL del cobro o no de prestaciones: importe y duración.
En caso de separación o divorcio legal: copia de la Sentencia de Separación o Divorcio y del Convenio Regulador si lo hubiere, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en la sentencia.
En caso de separación de hecho, deberá justificarse bien mediante documento notarial o fotocopia cotejada con el original de justificación de interposición de demanda de separación u otros documentos que avalen dicha situación.
5. FACTURA de los libros o factura proforma de reserva de los mismos.
6. Copia de la matricula o certificado del colegio correspondiente al curso escolar 2015/2016
7. Certificado del Número de Cuenta bancaria.