Entra en vigor la nueva normativa de caza en Alfaraz de Sayago

El coto “Cuarto Bajo del Azmesnal” está catalogado como coto de caza menor y mayor, permitiendo el aprovechamiento de especies como la perdiz, conejo y liebre, así como jabalí, corzo y ciervo, además de las especies autorizadas en media veda
Cazador con sus perros. Imagen de archivo
photo_camera Cazador con sus perros. Imagen de archivo

El Ayuntamiento de Alfaraz de Sayago ha aprobado de forma definitiva la ordenanza municipal que regula el ejercicio de la caza y el régimen interno del coto municipal “Cuarto Bajo del Azmesnal”, con número de matrícula 10.845, tras no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública.

El acuerdo fue adoptado por el Pleno municipal el pasado mes de diciembre y ha sido publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, cumpliendo así con lo establecido en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. La normativa entrará en vigor quince días después de su publicación oficial.

La nueva ordenanza tiene como objetivo regular la actividad cinegética en el término municipal, garantizando un aprovechamiento ordenado y sostenible de los recursos, así como la conservación de los hábitats y la compatibilidad con otros usos del medio natural. El reglamento se adapta a la Ley de Caza y a la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y responde a los principios de buena regulación, seguridad jurídica y transparencia.

El texto establece cuatro tipos de cazadores —residentes, no residentes, foráneos e invitados— y fija las obligaciones económicas y administrativas para poder cazar en el coto. La cuota anual general se sitúa en 60 euros, a la que se suma un pago adicional para quienes posean parcelas privadas incluidas dentro del coto municipal.

El coto “Cuarto Bajo del Azmesnal” está catalogado como coto de caza menor y mayor, permitiendo el aprovechamiento de especies como la perdiz, conejo y liebre, así como jabalí, corzo y ciervo, además de las especies autorizadas en media veda. La gestión corresponderá directamente al Ayuntamiento, con el apoyo del Consejo Asesor de Caza, la Federación de Caza y la Junta de Castilla y León.

La ordenanza también regula un régimen disciplinario que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, con sanciones económicas que oscilan entre 60 y 3.000 euros, además de la posible suspensión temporal o definitiva de los derechos cinegéticos y el decomiso de piezas, medios y artes utilizados en infracciones.

Contra este acuerdo definitivo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación.

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