La Audiencia Provincial de Zamora reduce la condena a dos varones aplicando la ley del 'solo sí es sí'

El máximo órgano judicial en la provincia de Zamora ha revisado cuatro sentencias en las que en dos de ellas se reduce la pena al aplicar la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, también conocida como la ley del 'solo sí es sí'
Fachada de la Audiencia Provincial de Zamora
photo_camera Fachada de la Audiencia Provincial de Zamora

En una primera resolución, la Audiencia Provincial ha resuelto rebajar la pena a un varón, condenado a diez años de prisión al haber cometido un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal por vía vaginal. Tras la revisión y la aplicación de la L.O 10/2022 la pena queda en nueve años. 

Otra de las sentencias del órgano en el que se han revisado dos delitos, se concluye la rebaja a una pena de 13 años, 6 meses y un día de prisión por un delito de agresión sexual consistente en masturbaciones, felaciones y acceso carnal por vía anal, prevaliéndose además de superioridad. En este caso la pena baja a once años y un día de privación de libertad. En un segundo delito de agresión sexual con acceso carnal vía bucal y masturbación, superioridad y con víctima menor de 16 años, el máximo órgano judicial ha decidido no proceder a rebajar la pena de 14 años de prisión.

Otro de los dictámenes de la Audiencia rebaja una pena de seis años por un atenuante de agresión sexual a cuatro años de prisión.

Por último, la cuarta revisión se realiza a la condena de dos delitos de abuso sexual con introducción de miembros corporales por vía vaginal y acceso carnal en uno de ellos. La Audiencia ha resuelto que no procede rebajar la pena en ambos casos. 

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