Sotillo de Sanabria tumba al Ayuntamiento de Cobreros en el Tribunal Supremo
El Alto Tribunal inadmite el recurso municipal y confirma la nulidad de la cesión de las antiguas escuelas, que seguirán en manos de la Junta Vecinal al considerar ilegal el procedimiento seguido por el Consistorio, que cedió “a dedo” y de manera gratuita el inmueble a una entidad privada
La Junta Vecinal de Sotillo de Sanabria ha conseguido un respaldo definitivo en los tribunales tras la decisión del Tribunal Supremo, que ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Cobreros, dando firmeza a la sentencia que declara ilegal la cesión de las antiguas escuelas del pueblo.
El conflicto se remonta a agosto de 2022, cuando el padre del que ahora es alcalde de Cobreros de Sanabria, de Futuro, cedió “a dedo” y de manera gratuita el inmueble —que alberga el consultorio médico y un salón social-bar de uso vecinal— a una entidad privada. La actuación fue impugnada por la Junta Vecinal, que defendía que el edificio forma parte del patrimonio de los vecinos de Sotillo.
Tras cerca de cuatro años de litigio, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ya dio la razón a la Junta Vecinal en una sentencia de 27 de febrero de 2025, posteriormente ratificada ahora por el Supremo, que confirma la inadmisión del recurso con imposición de costas.
El alto tribunal avala que el Ayuntamiento carecía de facultades de disposición sobre el inmueble, al existir una presunción de titularidad a favor de la entidad local menor, tal y como recoge el artículo 38 de la Ley Hipotecaria.
La resolución judicial concluye además que, incluso en los distintos escenarios jurídicos posibles —bien de dominio público, comunal o patrimonial—, la actuación municipal habría sido igualmente nula por ausencia total de procedimiento administrativo. En concreto, se señala la inexistencia de concesión, subasta o canon en función del tipo de bien, lo que vulnera la normativa de bienes de las entidades locales.
El fallo subraya también la aplicación del artículo 47.1 e) de la Ley 39/2015, al apreciar un defecto radical de procedimiento administrativo, lo que refuerza la nulidad de la resolución del alcalde recurrida.
Con esta decisión, las antiguas escuelas de Sotillo de Sanabria seguirán vinculadas a los vecinos, que recuperan el control de un inmueble clave para la vida social del pueblo y que ha estado en el centro de un prolongado conflicto institucional entre la Junta Vecinal y el Ayuntamiento de Cobreros.