Santa María de Valverde contará con servicio de velatorio

Los vecinos del municipio que no dispongan de seguro de decesos pagarán 15 euros, mientras que las personas físicas no residentes abonarán 35 euros
Casa consistorial de Santa María de Valverde. Fotografía: Wikipedia
photo_camera Casa consistorial de Santa María de Valverde. Fotografía: Wikipedia

En una reciente sesión ordinaria celebrada el 29 de diciembre de 2023, el Pleno del Ayuntamiento de Santa María de Valverde ha anunciado la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora del servicio de velatorio municipal.

Según lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente fue sometido a información pública durante un plazo de treinta días, sin que se presentaran reclamaciones ni alegaciones, lo que ha llevado a la elevación del acuerdo a definitivo.

La ordenanza, que consta de varios artículos, establece las bases legales y los procedimientos para la prestación del servicio de velatorio en el inmueble municipal destinado para tal fin. Entre los aspectos más relevantes, se encuentra la definición del hecho imponible, que consiste en la prestación del servicio de velatorio en el mencionado inmueble, así como los sujetos pasivos y la cuota tributaria correspondiente.

En términos de cuota tributaria, se han fijado diferentes tarifas dependiendo de la situación del usuario. Por ejemplo, los vecinos del municipio que no dispongan de seguro de decesos pagarán 15 euros, mientras que las personas físicas no residentes abonarán 35 euros. Por su parte, las personas jurídicas y aquellos individuos que sí dispongan de seguro de decesos pagarán una tarifa de 300 euros.

La duración máxima permitida para el uso de las instalaciones del velatorio es de dos días naturales, no pudiendo excederse dicho período en ningún caso.

La gestión, liquidación, inspección y recaudación de la tasa establecida en esta ordenanza se llevará a cabo según lo dispuesto en la Ley General Tributaria y demás disposiciones aplicables.

Por último, se establecen una serie de derechos y obligaciones tanto para los usuarios del servicio como para el Ayuntamiento, así como las correspondientes infracciones y sanciones en caso de incumplimiento de la normativa.

La entrada en vigor de esta ordenanza se producirá al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Los interesados tendrán la posibilidad de interponer recursos en caso de disconformidad con el acuerdo y su respectiva ordenanza.

Comentarios