viernes. 19.04.2024
Foto+Archivo-Consejero+de+Medio+Ambiente++reunido+con+alcaldes+afectados+por+incendios
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La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio comunica a los Ayuntamientos de la provincia de Zamora que pueden reclamar los daños y desperfectos ocasionados en bienes e inmuebles municipales a causa directa de las labores de extinción de los incendios forestales ocurridos este verano en la provincia zamorana con el objeto de reparar y subsanar los deterioros o abonar el coste de reparación a las arcas públicas del municipio. Las reclamaciones de responsabilidad Patrimonial también son aplicables a los particulares afectados por los fuegos.

La delegada territorial de la Junta en Zamora, Clara San Damián, ha trasladado esta información a los alcaldes de las distintas localidades afectadas por los fuegos del verano en la provincia de Zamora con la finalidad de dar a conocer cuáles son los cauces administrativos para reclamar estos perjuicios generados de la labor de extinción del operativo contra los incendios.

San Damián ha manifestado que “la Junta de Castilla y León tiene constancia, hasta la fecha, del registro de 10 solicitudes de responsabilidad Patrimonial relacionadas con los fuegos zamoranos de los meses estivales aunque cualquier afectado por las llamas dispone de un año para presentar la solicitud de reparación de los desperfectos ocasionados tal y como se recoge en la normativa de aplicación”. De igual modo, la responsable de la Junta recuerda a los particulares afectados que pueden reclamar la reparación de daños causados con ocasión de la extinción de las llamas en sus propiedades o bienes”. 

Asimismo, la delegada territorial ha indicado que “el objeto de indemnización son aquellos daños o desperfectos causados de forma directa por las labores de extinción del operativo contra los incendios cuya solicitud especifique las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, y el momento en que la lesión efectivamente se produjo, e irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante”.

La Junta de Castilla y León dispone de un plazo de seis meses para resolver el expediente administrativo desde el momento en que se inicie la tramitación del mismo. Si bien una vez iniciada la tramitación del procedimiento para la recuperación de los bienes o inmuebles deteriorados se determinará con el titular afectado, ya sea municipal o particular, la forma o el medio para restituir los enseres a su estado original.

La Junta inicia la tramitación de las primeras reclamaciones de responsabilidad...