Granjas ganaderas a 50 metros, un municipio de Zamora revisa su normativa tras las críticas vecinales

Desde el Ayuntamiento defienden que la ordenanza no busca “acercar granjas por acercarlas”, sino ofrecer seguridad jurídica y facilitar el desarrollo de una actividad clave para el municipio
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El Ayuntamiento de Pozoantiguo ha aprobado de forma definitiva la ordenanza municipal que regula la ubicación de las explotaciones ganaderas no porcinas en el término municipal.

La normativa tiene como objetivo principal ordenar la actividad ganadera en el municipio, buscando un equilibrio entre la protección del medio ambiente, la salud vecinal y el impulso de la economía local, fuertemente vinculada al sector primario.

La ordenanza comenzó su tramitación en 2025, con una consulta pública previa en junio en la que no se registraron aportaciones. Posteriormente, el texto fue aprobado inicialmente en septiembre y sometido a información pública durante más de 30 días, tras su publicación en noviembre tanto en el Boletín Oficial de la Provincia como en la sede electrónica municipal.

Durante este periodo se presentaron varias alegaciones por parte de vecinos, centradas principalmente en la reducción de distancias entre las explotaciones ganaderas y los núcleos urbanos, así como en posibles impactos ambientales y en la calidad de vida.

Entre las principales críticas figuraban la falta de consenso social, el riesgo de molestias por olores, ruidos o tráfico, y la posible contradicción con la normativa autonómica, especialmente el Decreto 4/2018 de Castilla y León.

Tras analizar las alegaciones, los servicios municipales detectaron que el proyecto inicial incumplía el mínimo de 50 metros de distancia en algunos supuestos. Por ello, el Pleno decidió estimar parcialmente las reclamaciones e introducir modificaciones para adaptarse a la legislación vigente.

La ordenanza definitiva garantiza que en ningún caso las explotaciones ganaderas no porcinas podrán situarse a menos de 50 metros de viviendas o núcleos de población, respetando así el límite establecido por la normativa autonómica.

El texto final establece diferentes distancias mínimas en función del tamaño de la explotación (medido en Unidades de Ganado Mayor, UGM) y del tipo de núcleo de población. Para pequeñas explotaciones, la distancia mínima será de 50 metros, mientras que para instalaciones de mayor capacidad podrá alcanzar hasta los 200 metros.

Además, la normativa contempla que, en caso de conflicto, prevalecerá siempre la legislación autonómica y estatal.

Desde el Ayuntamiento defienden que la ordenanza no busca “acercar granjas por acercarlas”, sino ofrecer seguridad jurídica y facilitar el desarrollo de una actividad clave para el municipio.

El Consistorio subraya que la flexibilización de las condiciones pretende favorecer la creación de empleo, la modernización de explotaciones y la fijación de población en un entorno rural afectado por el despoblamiento.

La ordenanza entrará en vigor una vez publicado íntegramente su texto y transcurrido el plazo legal correspondiente. Contra este acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.

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