Aprobadas las demarcaciones para la concentración parcelaria del Canal de San José entre Zamora y Valladolid

La zona de concentración parcelaria se corresponde parcialmente con la zona regable de la Comunidad de Regantes que afecta a los términos municipales de Toro, Zamora, Peleagonzalo, Villalazán y Villaralbo
Canal de San José (Toro)
photo_camera Canal de San José (Toro)

La Junta de Castilla y León a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, ha aprobado las demarcaciones en el proceso de concentración parcelaria de la zona del Canal de San José (Zamora-Valladolid). Así consta en la publicación de este miércoles, 26 de julio, en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) después de que el pasado 8 de junio se declarara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria en la zona. 

La zona de concentración parcelaria del Canal de San José (Zamora-Valladolid), se corresponde parcialmente con la zona regable de la Comunidad de Regantes del Canal de San José que afecta a los términos municipales de Toro, Zamora, Peleagonzalo, Villalazán y Villaralbo, en la provincia de Zamora, y Villafranca de Duero, en la provincia de Valladolid. Dicha zona está compuesta por tres áreas perimetrales inconexas dispuestas a lo largo de la margen izquierda del río Duero, adyacentes al mismo, con orientación este-oeste, desde Villafranca de Duero (Valladolid) hasta Zamora.

La distribución geográfica de la zona, la diversidad de características agronómicas que presentan sus suelos, las características en cuanto a distribución de la propiedad y la coincidencia de las tres áreas perimetrales inconexas con los sectores de riego planteados inicialmente para la modernización del regadío, hacen que resulte aconsejable, técnica, agronómica y administrativamente, el establecimiento de demarcaciones que constituyan unidades independientes a los efectos de realización del proceso para facilitar las actuaciones de concentración parcelaria de la zona.

Se establecen un total de tres demarcaciones con los siguientes límites en sus perímetros:

Demarcación 1

Norte: Margen izquierda del río Duero, parcelas 325, 244, 238, 237, 236, 235 y 234 del polígono 4 de Villaralbo y límite del M.U.P n.º 147 denominado «San Lorenzo y Cima».

Este: Margen izquierda del río Duero, parcelas 6 y 7 del polígono 4 de Villaralbo y Canal de San José. Sur: Canal de San José, límite de la zona urbana de Villaralbo, Canal de San José hasta tramo del camino identificado como parcela 9109 del polígono 73 de Zamora, parcelas 126 y 127 del polígono 73 de Zamora y Canal de San José hasta la autovía de entrada a Zamora (ZA-20).

Oeste: Canal de San José hasta su desembocadura en el río Duero y margen izquierda del río Duero.

Demarcación 2

Norte: Parcelas u otros límites físicos aledaños o situados en el entorno de la margen izquierda del río Duero, a su paso por el polígono 6 del municipio de Villalazán: parcela 9021, parcelas desde la 38 a la 71, arroyo de Aribayos, parcelas 72 y 344 y desde la 75 a la 90, tramo del desagüe identificado como parcela 9250, parcela 97, arroyo de Talanda, parcelas desde la 108 a la 114, tramo de desagüe identificado como parcela 9204, tramo de la Vereda del Piornal o Monte de las Olivas, parcelas 319 y 243. Margen izquierda del río Duero y parcela 5100 del polígono 502 de Toro.

Este: Margen izquierda del río Duero, tramo del camino identificado como parcela 9130 del polígono 502 de Toro, carretera ZA-P-1102, parcela 15013 del polígono 502 de Toro y Canal de San José.

Sur: Carretera ZA-P-1102, Parcela 15013 del polígono 502 de Toro, Canal de San José, parcelas 1933, 1934, 1935, 1989, 1936, 1937, 11930, 21930 y 1929 del polígono 3 de Villalazán, Canal de San José, tramo de camino identificado como parcelas 9029, parcelas 1927, 1924, 1923, 1920, 1919, 1909 y 1904 del polígono 3 de Villalazán, canal de San José, parcela 63 del polígono 5 de Villalazán, límite de la zona urbana de Villalazán, carretera ZA-P-1102 y arroyo de Aribayos .

Oeste: Parcelas 1634, 1631, 1630 y 2095 del polígono 2 de Villalazán, Colada de Madridanos (identificada como parcela 9228 del polígono 2 de Villalazán), acequia identificada como parcela 9095 del polígono 1 de Villalazán, carretera ZA-P-1102, parcela 1515 del polígono 2 de Villalazán, parcela 1 del polígono 6 de Villalazán, acequia identificada como parcela 9094 del polígono 1 de Villalazán, parcelas 1, 9021 y 9 del polígono 6 de Villalazán.

Demarcación 3

Norte: Margen izquierda del río Duero, tramo del camino identificado como parcela 9002 del polígono 3 de Toro, parcela 5003 del polígono 3 de Toro, margen izquierda del río Duero, parcela 70 del polígono 6 de Peleagonzalo, tramo del camino identificado como parcela 9006 del polígono 6 de Peleagonzalo, parcela 71 del polígono 6 de Peleagonzalo, margen izquierda del río Duero, parcelas 20 y 73 del polígono 6 de Peleagonzalo, margen izquierda del río Duero, parcelas 483, 484, 486, 487 y 1347 del polígono 2 de Toro, tramos de la cañada de Toro a Valdefincas y de la Vereda de Villafranca, margen izquierda del río Duero, límite de zona urbana de Toro (urbanización «El Gejo»), margen izquierda del río Duero hasta la parcela 3052 del polígono 2 de Villafranca.

Este: Parcelas 5031 y 5033 del polígono 101 de Castronuño, tramo del camino identificado como parcela 9013 del polígono 101 de Castronuño, canal de San José, parcelas 28 y 29 del polígono 101 de Castronuño, caminos identificados como parcelas 9011 y 9012 del polígono 101 de Castronuño.

Sur: Acequia elevada de Villafranca, Canal de San José, hasta las parcelas 4264, 4263 y 4258 del polígono 1 de Toro, Canal de San José hasta la parcela 746 del polígono 3 de Peleagonzalo, tramo del camino identificado como parcela 9003 del polígono 3 de Peleagonzalo, parcelas 740, 748 y 718 del polígono 3 de Peleagonzalo, tramo del camino identificado como parcela 9004 del polígono 3 de Peleagonzalo, Canal de San José, Límite urbano de Peleagonzalo, Canal de San José, parcela 5097 del polígono 502 de Toro y margen izquierda del río Duero.

Oeste: Margen izquierda del río Duero y parcela 5097 del polígono 502 de Toro.

Comentarios