Según lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se ha decidido prorrogar automáticamente la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero (NiE) expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania y que son beneficiarias de protección temporal en España. Esta prórroga extiende la validez de las tarjetas hasta el 4 de marzo de 2025.
Lo más destacado de esta medida es que los refugiados ucranianos no tendrán que pasar por el proceso de renovación de sus NiE, ya que se ha establecido que no será necesario obtener una nueva tarjeta para cumplir con las obligaciones legales en España.
Además, se ha comunicado que esta prórroga será informada a las instituciones de la Unión Europea para su conocimiento por parte de los demás Estados miembros.
Desde hace un mes ya estaba abierto el procedimiento para la nueva regularización que supone cerca de 20€ de tasas administrativas y una carga burocrática que las subdelegaciones de gobierno tendrían que asumir con el consiguiente perjucio para los funcionarios y los refugiados.
La medida llegaba de sorpresa pero ha sido acogida con alegría al no tener que efectuar ningún nuevo trámite que suma a la población ucraniana asentada en Zamora y en España en nuevos viajes a la capital para arreglar su situación.
Tras dos años de guerra y los que queden la situación de los refugiados sigue siendo preocupante, ya que muchos que se volvieron a su país tienen que retornar a España al comprobar que la guerra deja solo lugar a los que luchan en el frente ya que la economía de subsistencia sigue siendo la tónica dominante en el país. Nada a cambiado salvo a peor comentan muchos que han retornado. Vivir en Ucrania con 300€ y un nivel de vida como el de Zamora o Madrid es lo que les espera a los que decidan abandonar España y volver a su país, con el agravante de drones y bombardeos cada vez más frecuentes en todas las latitudes del país no solo en la zona del frente.
Por razones de eficacia y eficiencia, en lugar de proceder a la expedición de nuevas Tarjetas de Identidad de Extranjero para esa gran mayoría de personas beneficiarias de protección temporal en España cuya tarjeta pierde validez el 4 de marzo de 2024, en aplicación de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2409 del Consejo, de 19 de octubre, se prorroga directa y automáticamente, hasta el 4 de marzo de 2025, la validez de las tarjetas ya expedidas. Por tanto, no será necesario obtener una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero para cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
Artículo único. Prórroga de la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal.
1. Se prorroga hasta el 4 de marzo de 2025 la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal en España.
2. No será necesaria la obtención de una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero a efectos de cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
3. Lo acordado en esta orden se comunicará a las Instituciones de la Unión Europea con el fin de que dicha prórroga sea conocida por los demás Estados miembros.