Desde este jueves el Ejecutivo central ha impuesto el uso obligatorio de la mascarilla en vía pública y espacios abiertos, eso sí, con excepciones que permiten la ausencia de la misma.
El Gobierno de la Nación, siguiendo las indicaciones de los expertos y asesores, del Ministero de Sanidad y del Centro de Emergencias y Alertas Sanitarias, aprobó la Orden SND/422/2020, mediante la cual se establece el uso obligatorio de mascarillas de este jueves. Su uso está condicionado por el tipo de vía, espacio y con excepciones en función de edad o alguna patología respiratoria.
El uso de la mascarilla será obligatorio en vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre y cuando no sea posible mantener una distancia interpersonal de al menos dos metros.
PDF con la explicación gráfica del uso obligatorio de la mascarilla y excepciones
ZONAS COMUNES CERRADAS
Se usará tanto en la entrada como en la salida del portal; en la escalera, pasillos y vestíbulos; ascensor; cuartos comunes y de instalaciones. Además, también será obligatorio en espacios de uso común tras su reapertura y en el garaje.
ZONAS COMUNES AL AIRE LIBRE (siempre y cuando esté permitido su acceso a las distintas instalaciones según las fases de desescalada)
La obligatoriedad de la mascarilla será aplicada en los pasos de acceso a las instalaciones deportivas, siempre que sea compatible, que no tengan techo y muro simultáneamente. También será obligatorio en los pasos de acceso a instalaciones deportivas abiertas, jardines y piscinas.
EXCEPCIONES
Las exenciones en el uso de mascarilla se usan para los menores de seis años, al igual que para personas con dificultad respiratoria que se pueda ver agravada por su uso, así como cuando esté contraindicada por motivos de salud justificados.
Personas dependientes o discapacitados con alteraciones de conducta que hagan inviable el uso de la mascarilla también serán considerados como excepción. Lo será también en actividades que, por su propia naturaleza, sea incompatible y, por último, como causa de fuerza mayor o situación de necesidad.