El Supremo obliga a la Junta a reconocer la Carrera Profesional a cuatro veterinarios

El tribunal inadmite el recurso de casación de la Junta de Castilla y León y le impone las costas en un fallo que consolida el cómputo íntegro del tiempo trabajado en distintas Administraciones
Veterinarios atienden a un perro
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Los servicios jurídicos del Sindicato de Veterinarios de Castilla y León (SIVECAL-USCAL) han logrado que cuatro veterinarios afiancen su acceso a la Carrera Profesional Horizontal con el reconocimiento del tiempo de servicios prestado en otras Administraciones públicas, tras un proceso judicial que ha culminado con la inadmisión del recurso de casación presentado por la Junta de Castilla y León ante el Tribunal Supremo.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha acordado no admitir a trámite el recurso interpuesto por la Administración autonómica y ha impuesto las costas procesales a la Junta, conforme al artículo 90.8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Una diligencia posterior ha declarado firme la sentencia favorable a los profesionales.

El núcleo del conflicto: el cómputo del tiempo trabajado

La controversia se originó en la aplicación de la Carrera Profesional Horizontal regulada en Castilla y León, que permite la progresión de categoría sin cambio de puesto, con evaluación positiva del desempeño y valoración de trayectoria, calidad del trabajo y méritos profesionales. El sistema, articulado a través de la Ley 7/2019, la Resolución de 25 de agosto de 2021 y el Decreto 49/2022, establece cuatro categorías, cada una vinculada a un complemento retributivo específico.

El punto controvertido surgió en relación con aquellos empleados públicos que habían desarrollado parte de su carrera en otras comunidades autónomas. En el caso de varios veterinarios —pertenecientes al mismo cuerpo funcionarial— la Administración autonómica denegó inicialmente el acceso a distintas categorías al no computar los servicios prestados fuera de Castilla y León.

Tras la desestimación inicial en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, los afectados recurrieron en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que reconoció su derecho. La Junta intentó revertir ese pronunciamiento mediante recurso de casación ante el Supremo, que finalmente ha sido inadmitido.

Reconocimiento de la Categoría II con efectos retroactivos

La firmeza de la sentencia consolida el derecho de los demandantes a que se les compute la totalidad de los servicios prestados, con independencia de la Administración pública en la que fueron realizados, en el procedimiento de reconocimiento de la Categoría II de Carrera Profesional.

Este reconocimiento conlleva efectos económicos y administrativos, incluido el abono del complemento correspondiente —5.075,56 euros anuales— con carácter retroactivo.

Desde SIVECAL-USCAL se ha valorado el fallo como un respaldo a la progresión profesional de los veterinarios afectados y se ha subrayado que la organización continuará defendiendo a otros profesionales que se encuentren en la misma situación para evitar, a su juicio, situaciones de discriminación en el desarrollo de su carrera dentro de la Administración autonómica.

 

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