Muga de Sayago ha aprobado de forma definitiva la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicios funerarios, de velatorio y de cementerio municipal, tras no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública.
El acuerdo, adoptado inicialmente por el Pleno municipal, ha quedado automáticamente elevado a definitivo y ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.
La nueva normativa actualiza y regula de manera detallada los servicios funerarios municipales, incluyendo la concesión de sepulturas, nichos y columbarios, las inhumaciones y exhumaciones, los cambios de titularidad, las licencias de obras en el cementerio y el uso del velatorio.
Entre las principales novedades destacan las tarifas establecidas para las distintas unidades de enterramiento. Los vecinos empadronados en el municipio podrán acceder a una sepultura prefabricada para dos cuerpos por 870 euros, una sepultura individual por 740 euros, un nicho por 1.040 euros y un columbario por 345 euros.
Para las personas no empadronadas pero con vinculación con el municipio, las tarifas serán superiores, con incrementos de 150 euros en la mayoría de las modalidades. Así, una sepultura para dos cuerpos tendrá un coste de 1.020 euros, mientras que un nicho alcanzará los 1.190 euros.
La ordenanza establece además que cada titular solo podrá disponer de una unidad de enterramiento y que estas se adjudicarán en propiedad intransferible, pudiendo acceder a ellas únicamente personas empadronadas o vinculadas a la localidad.
El uso del velatorio municipal también queda regulado mediante nuevas tarifas. Los vecinos empadronados abonarán 100 euros por la utilización de las instalaciones, mientras que los descendientes o hijos del pueblo no empadronados pagarán 175 euros. Para el resto de usuarios, la tarifa será de 225 euros.
La duración máxima del servicio se fija en dos días desde la entrada del cadáver en las instalaciones hasta su traslado al cementerio.
La nueva ordenanza contempla igualmente tasas específicas para los cambios de titularidad de las unidades de enterramiento, que oscilarán entre 30 y 100 euros, dependiendo del tiempo transcurrido desde la concesión inicial o desde la última modificación.
Asimismo, se regulan las licencias para la construcción de panteones y la colocación de lápidas. Las obras con un presupuesto de hasta 2.000 euros estarán sujetas a una tasa de 40 euros, mientras que las de importe superior abonarán el 2 % del presupuesto.
La ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y permanecerá vigente hasta que el Ayuntamiento acuerde su modificación o derogación.
Los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses desde la publicación oficial del acuerdo.