En Zamora seis profesionales alegan objeción de conciencia a la hora de practicar el derecho a la muerte digna

Foto archivo técnico sanitario
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que regulará el derecho de los profesionales sanitarios directamente implicados a ejercer la objeción de conciencia en la prestación de la ayuda para morir, objeción que deberá manifestarse por escrito

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que regulará el derecho de los profesionales sanitarios directamente implicados a ejercer la objeción de conciencia en la prestación de la ayuda para morir, objeción que deberá manifestarse por escrito. En Zamora un total de seis profesionales médicos han alegado objeción de conciencia, si bien el consejero de Economía y Hacienda y portavoz en funciones, Carlos Fdez. Carriedo, precisa que el trabajo de la Consejería de Sanidad es hacer posible ambos derechos: por un lado el del ciudadano a solicitar a recibir una muerte digna, al tiempo que hacer posible que aquellos profesionales sanitarios objetores de conciencia que así lo deseen puedan ejercer su derecho. Lo mismo ocurría en el caso de la opción a practicas la interrupción de un embarazo. 

A nivel regional, un total de 415 profesionales sanitarios han alegado objeción de conciencia a la hora de prestar la ayuda para morir, si bien la Junta de Castilla y León no ha aportado por el momento el dato de solicitudes por parte de los ciudadanos de la Comunidad a ejercer dicho derecho. La inscripción continúa abierta y podrá recurrir a ella cualquier profesional que en el momento que tuviera que ejercer dicha actividad no estuviera de acuerdo. 

De estos 415 profesionales, Zamora presenta el segundo dato más bajo y que completan Soria (2), Ávila (13), Burgos (39), León (29), Palencia (23), Salamanca (150), Segovia (15) y Valladolid (110). A ellos se añaden 28 declarantes que trabajan en servicios dependientes de la Gerencia Regional de Salud o que no son miembros de ningún centro hospitalario o sanitario adscrito y que ejercen su actividad en centros privados. 

Son objetivos específicos del decreto la creación de un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda a morir, en cumplimiento del artículo 16.2 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, que además permitirá a la administración sanitaria disponer de la información necesaria para garantizar la gestión adecuada de la prestación.

Según ha precisado el portavoz, Fdez. Carriedo ha reiterado la necesidad de "cumplir la ley en su integridad" que incluye el derecho de los ciudadanos pero también de los propios sanitarios y que puede ser compatible. "Tenemos que hacer efectivos ambos derechos y que además están reconocidos a igual rango en ambas leyes". 

La norma regula el ámbito de aplicación, que alcanza a todos los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir -es decir, que realicen el acto médico para la eutanasia o las prestaciones y auxilios asistenciales necesarios- y que ejerzan en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, independientemente de la naturaleza o duración de su relación laboral y del centro en el que desempeñen su trabajo -público, privado o concertado-.

También se establece el procedimiento de inscripción, de manera que el registro será electrónico, único para toda la Comunidad, no es público y se encuentra adscrito a la Dirección General de Salud Pública. Su finalidad será inscribir las declaraciones y revocaciones de objeción de conciencia, así como  facilitar la información necesaria a la administración sanitaria para garantizar la gestión de la prestación.

Se regula también el derecho de acceso al registro, que podrá producirse por el propio interesado, por los gerentes de Asistencia Sanitaria, Atención Primaria y Atención Especializada de Sacyl en el ámbito público o por los directores de la actividad asistencial de los centros privados.

El decreto sistematiza la confidencialidad de los datos del registro, que sólo podrán usarse para fines organizativos, de archivo, estadísticos o científicos, y se garantiza el cumplimiento de la normativa de protección de datos en relación con las personas inscritas en el registro.

Además, la Dirección General de Salud Pública ha puesto a disposición de los profesionales interesados un formulario para realizar la declaración de objeción de conciencia, que se encuentra disponible en el Portal de Salud de la Junta de Castilla y León.