El TSJCyL ratifica los dos años y medio de prisión a un portugués por violencia y amenazas contra su pareja zamorana
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena por delitos de violencia y amenazas en el ámbito familiar, así como por injurias y vejaciones cometidas por un hombre de nacionalidad portuguesa hacia su pareja durante su residencia en Zamora. El caso, procedente de la Audiencia Provincial de Zamora, ha sido visto en segunda instancia y ha concluido con la confirmación íntegra de la sentencia inicial.
La sentencia dictada en primera instancia condenaba al acusado a una pena de prisión por violencia física y amenazas de un total de dos años y medio de prisión, así como a trabajos en beneficio de la comunidad por injurias y vejaciones. Además, se estableció una medida de alejamiento de la víctima y se impusieron las costas procesales al condenado.
Ante esta decisión, la defensa del acusado interpuso un recurso de apelación, alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia ha desestimado el recurso, confirmando la sentencia inicial y ratificando la condena.
Según los hechos probados, la pareja con un hijo en común mantuvo una relación sentimental durante más de un año, tiempo durante el cual la relación se deterioró notablemente con constantes discusiones y episodios de violencia verbal y física por parte de Don Estanislao hacia Sara. Estos actos incluyeron insultos y agresiones, presenciados en ocasiones por familiares de la víctima.
Entre esas situaciones se encuentra una discusión producida el mismo día de su detención en la que el acusado llegó a apuntar delante de su pareja y la hermana de esta: "Si llamas a la policía te pego y te mato delante de ellos, y voy a llamar a alguien para llevarme al niño". Unas palabras que movilizaron a la hermana a ponerse en contacto con la Policía y por la cual el acusado ingresó en prisión por un año, si bien desde el 25 de enero permanece en libertad.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia, que se puede recurrir ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, también impone las costas de esta segunda instancia a la parte apelante, incluidas las generadas por la Acusación particular.