Esta mañana el juzgado de primera Instancia número 6 de Zamora daba a conocer la noticia de la suspensión de todos los juicios de gastos hipotecarios hasta el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre la sentencia que estos días marcaba el rítmo de las transacciones hipotecarias y de los registros y gastos de las hipotecas por parte de los bancos que hasta ahora paga el cliente que firma la citada hipoteca.
El mercado hipotecario está prácticamente parado ya que los bancos están a la espera de que la sencia que se hizo pública en pasadas jornadas sobre la obligación de que fuera el banco el que pagara la inscripción de la hipoteca y los impuestos que generan.
El que esta sentencia anterior pudiera sentar jurisprudencia haría que miles de hipotecas tuvieran que ser revisadas y los gastos cargados a los bancos cosa que hizo que la bolsa tuviera un importante receso para las entidades bancarias y se produjera una situación de parón como el que está sufriendo hasta ahora. La decisión del Supremo será la vinculante para que esta nueva situación se quede como está hasta ahora pagando el cliente los gastos o sea el banco quien se haga cargo de los mismos.
Según el diario 20 minutos: "La sentencia del Tribunal Supremo sobre la responsabilidad de abonar los impuestos de las hipotecas se debería haber resuelto en el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, compuesto por 31 magistrados, y no en la sección segunda —destinada a revisar los casos relacionados con impuestos— debido al impacto social que una decisión así conlleva. Así lo han informado fuentes jurídicas, que han explicado que el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo, no fue informado de la llegada del recurso que dio origen a la sentencia y se enteró por la prensa de la resolución. Dado que una sentencia así puede acarrear un "giro radical" en la jurisprudencia y una "enorme repercusión económica y social", tal y como ha dicho el propio Díez-Picazo, este ha tomado dos decisiones: primero, ha dejado "sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes" relacionados con este impuesto. En segundo lugar, ha decidido que sea el Pleno el que estudie, en cuestión de días, el próximo recurso de este tipo que llegue al Supremo y así decidir si confirma la jurisprudencia dictada este jueves o vuelve a la jurisdisprudencia anterior. Dos sentencias dictadas este año En una sentencia cuyo ponente fue el magistrado Jesús Cudero, el alto tribunal estableció el jueves que son las entidades bancarias las que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria y no los clientes. Esta decisión anulaba un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo. Al mismo tiempo, implicaba la modificación de su jurisprudencia anterior y anulaba una sentencia previa, del 28 de febrero de este mismo año, en la que se dictaminó que son los clientes quienes debían pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas, de acuerdo con lo acordado por el Pleno de la Sala Civil del alto tribunal, que dio la razón a los bancos.
Sin embargo, ahora han sido jueces de la Sala de lo Contencioso quienes han considerado revisar la interpretación de lo dictado por la Sala Civil y admitieron a trámite un recurso presentado por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid contra una sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, cuyo fallo se ha dado a conocer este jueves. Pérdidas de la banca Tras conocerse esta sentencia, los seis bancos del Ibex 35 llegaron a perder cerca de 5.500 millones de euros de capitalización bursátil en una sola jornada. Este viernes, aunque más calmados, continuaban liderando las pérdidas del selectivo. El hecho de que sea el banco el que debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de una hipoteca, así como el posible carácter retroactivo de la decisión, podría lastrar las cuentas de las entidades financieras. La responsabilidad del pago de este impuesto podría tener un coste superior a los 4.000 millones de euros, según cálculos realizados por la firma de calificación crediticia Moody's, que incluso calificaba este dictamen de más agresivo que el de las cláusulas suelo."
Por tanto ahora habrá que esperar a que el Supremo se pronuncie y ponga luz en este maremagnum en el que hay implicados miles de personas que firmaron una hipoteca ya no solo en los últimos años puesto que si se sienta jurisprudencia en firme sobre lo dictado anteriormente los bancos tendrían un serio problema de devolución de millones de euros. De aplicarse, la sentencia definitivamente permitirá a los hipotecados reclamar la totalidad de los gastos de formalización de una hipoteca que vienen impuestos por el banco en la escritura de préstamo: notaría, registro de la propiedad, gestoría, tasación e impuesto de actos jurídicos documentados