El TSJCyL confirma la condena al responsable de un pub sanabrés por tráfico de drogas

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zamora el pasado 27 de octubre de 2020 por la que se condenaba al responsable de un pub de El Puente de Sanabria por tenencia y tráfico de drogas.

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 30 diciembre de 2018, cuando un control de la guardia civil, como parte de un operativo sobre drogas en zonas de ocio halló en el interior del local varias bolsas con estupefacientes ocultas en distintos lugares del almacén y ocultas en otras localizaciones del pub. Asimismo también se hallaron, gracias a la labor de un perro especializado en estas pesquisas, varias otras drogas que, según consta en la sentencia, "por su forma de presentación, variedad y pesaje, estaban preordenadas al tráfico".

La droga incautada fue inmediatamente incautada.

Por todo ello, el pasado mes de septiembre, la Audiencia Provincial de Zamora (Sección 1ª) dictó sentencia y halló al dueño de dicho local como el autor responsable criminalmente de un delito contra la salud pública. La condena incluía pena de tres años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 2650€, con responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses para caso de impago y con condena al pago de las costas procesales causadas.

La defensa presentó un recurso de apelación contra dicha sentencia alegando motivos de impugnación, vulneración e infracción del derecho de presunción de inocencia, infracción de Ley, e infracción de las garantías
procesales.

Revisando todas las pruebas, el TSJ ha desestimado el recurso y confirmado la pena al concluir que no es necesario un auto de autorización de registro, "pues es evidente que ni un bar ni un anexo trastero tienen la protección constitucional que tiene un domicilio", niega que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia, mientras que sobre la cadena de custodia de la sustancia aprehendida, el tribunal precisa que esta "se centra en la fiabilidad de la prueba y no en el de su validez".

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