Absuelto por falta de pruebas: el caso de estafa de 61.653 euros que quedó en la duda

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La Audiencia Provincial de Zamora ha absuelto al hombre acusado de un delito de estafa y falsedad documental por la supuesta apropiación indebida de 61.653,52 euros mediante un fraude bancario. La sentencia, emitida el 10 de febrero de 2023, deja entrever los desafíos que supone perseguir la ciberdelincuencia y la suplantación de identidad en fraudes de este tipo.

El fraude: un pago a una cuenta equivocada

El caso se remonta a junio de 2020, cuando la empresa HAMS BIOMED S.L. recibió un correo electrónico en el que el remitente, suplantando la identidad de la empresa constructora REHABILITACIONS Y PAVIMENTES S.L., comunicaba un supuesto cambio en su número de cuenta bancaria. Para dar credibilidad al engaño, el remitente adjuntó una factura y un certificado bancario falsificado. Convencidos de la veracidad de la información, desde HAMS BIOMED S.L. efectuaron una transferencia de más de 61.000 euros a la nueva cuenta proporcionada.

Al descubrir la estafa, la empresa presentó la denuncia correspondiente, dando inicio a una investigación que finalmente situó como titular de la cuenta receptora del dinero a "Miguel", quien fue acusado de fraude y falsificación documental.

Un juicio marcado por la duda razonable

Durante el juicio, el Ministerio Fiscal solicitó para el acusado una pena de cuatro años de prisión por estafa, además de una multa de 10 meses con una cuota diaria de 12 euros. Sin embargo, el tribunal no encontró pruebas suficientes para demostrar que Miguel había cometido el delito.

El acusado negó en todo momento haber enviado el correo fraudulento o haber recibido el dinero en cuestión. Afirmó que no tenía relación con las empresas implicadas y que su identidad podría haber sido utilizada sin su consentimiento. Además, presentó documentación que demostraba que había sido denunciado en otras ocasiones por hechos similares, sugiriendo que alguien habría usado sus datos personales para cometer estas estafas.

Otro de los factores clave en su defensa fue la falta de pruebas contundentes que lo vincularan directamente con la apertura de la cuenta bancaria fraudulenta. Según la sentencia, la entidad bancaria únicamente remitió una copia del DNI como prueba de la identidad del titular de la cuenta, sin incluir verificaciones adicionales que demostraran que Miguel había sido quien realmente realizó los trámites.

Ante la ausencia de pruebas concluyentes, el tribunal aplicó el principio "in dubio pro reo", por el cual, en caso de duda razonable sobre la culpabilidad del acusado, se debe fallar a favor del mismo. Como resultado, Miguel fue absuelto de todos los cargos.

Un caso que evidencia la complejidad de la ciberdelincuencia

El fallo del tribunal pone en evidencia la dificultad de rastrear y demostrar la autoría en casos de fraude bancario y suplantación de identidad. Tal como señala la sentencia, la ciberdelincuencia es un fenómeno criminal en constante evolución, con métodos sofisticados que dificultan la persecución de los verdaderos responsables.

Además, el caso deja interrogantes sobre la responsabilidad de las entidades bancarias en la prevención de este tipo de fraudes, ya que la apertura de cuentas con documentación mínima y sin verificaciones adicionales sigue siendo un problema que permite la proliferación de estafas.

Mientras tanto, la empresa HAMS BIOMED S.L., que perdió más de 61.000 euros, deberá recurrir a la vía civil para intentar recuperar su dinero, ya que la sentencia absuelve al acusado sin perjuicio de posibles reclamaciones patrimoniales.

El caso de Miguel es un recordatorio de que, en la era digital, cualquiera puede convertirse en víctima de una suplantación de identidad, ya sea como estafador involuntario o como empresa engañada. Un problema que sigue sin solución clara en el ámbito judicial y que deja desprotegidos tanto a los ciudadanos como a las empresas frente a la creciente amenaza de la ciberdelincuencia. 

Miguel*Nombre simulado para proteger la integridad y no incumplir la LOPD.