El condenado L.E.G de A por cultivo, recolección, preparación y posterior venta de marihuana, además de drogas de diseño e instrumentos para su manejo, ha recibido la sentencia de tres años de prisión y una multa de 15.000 euros.
La Audiencia Provincial de Zamora declara como hechos probados que:
"Por conformidad de las partes se declara probado que L.E.G de A , mayor de edad y sin antecedentes penales, el cual en su domicilio y en una finca, tenía los elementos propios necesarios para el cultivo, recolección, preparación y posterior venta de marihuana, y asimismo se localizaron diversas cantidades de droga de diseño como speed o MDMA, sustancia de corte, una balanza de precisión, así como sobres procedentes de Holanda y Alemania en donde el acusado compraba la droga para posteriormente venderla en Zamora. En la finca se localizó una plantación de marihuana, donde fueron aprehendidos cogollos de marihuana secos, hojas y cogollos sin secar, y otra pequeña cantidad de otras sustancias estupefacientes.
En fecha 25 de octubre de 2018, se realizó en sede judicial diligencia de apertura de cuatro sobres, que el imputado estaba recibiendo regularmente desde Holanda, cada uno de los cuales contenía distintas sustancias estupefacientes, entre ellas Speed y MDMA, y en fecha 13 de noviembre de 2018 se llevó a cabo la apertura de un quinto sobre que también contenía sustancias estupefacientes.
El total de las cantidades de sustancias intervenidas asciende a 6.530 gramos de cannabis y hoja de cannabis, Anfetaminas 42,86 gramos y 144.75 gramos de MDMA, sustancia que debidamente analizada alcanzaría un valor en el mercado que asciende a 15.732,47 euros.
El acusado según el informe del médico forense presenta un consumo habitual durante los 6 o 7 meses antes del análisis de cabello, en el que se aprecia el consumo de cocaína, anfetaminas, MDMA, y cannabis. En el momento de su detención le fueron aprehendidos 850 euros. El acusado ha estado en prisión provisional por esta causa desde el día 26 de octubre de 2018, hasta el día 4 de abril de 2019".
Por tanto, con los hechos probados, la Audiencia Provincial de Zamora falla que:
"Debemos condenar y condenamos al acusado L E G DE A como autor responsable de un delito de tráfico de sustancias estupefacientes, ya definido, a la pena de 3 años de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 15.000 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de 6 meses de prisión para el caso de impago de la misma. De dicha cantidad serán descontados los 850 euros que fueron aprehendidos al condenado en el momento de su detención.
Se hace expresa imposición de las costas procesales causadas en este juicio a los condenados. Se decreta el decomiso de la droga incautada, a la que se dará el destino legal".