La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la condena a un acusado por su participación en una operación fraudulenta de compraventa de ganado bovino desarrollada en distintas zonas ganaderas de la provincia y territorios limítrofes, en la que se emplearon facturas falsas, justificantes de transferencia inexistentes y manipulación de crotales identificativos para introducir los animales en el circuito comercial como si procedieran de transacciones legítimas.
Los hechos se remontan a noviembre de 2020 y afectan a varias explotaciones ganaderas de carácter extensivo, con movimientos de animales entre distintas localidades del entorno de Zamora y provincias próximas. Según la resolución, el mecanismo utilizado consistía en simular la compraventa de terneros mediante documentación mercantil falsificada que aparentaba el pago efectivo del ganado, cuando en realidad no se produjo abono alguno de las cantidades pactadas.
Una vez generada esa apariencia de legalidad, los animales eran trasladados y reintroducidos en otras explotaciones utilizando crotales procedentes de la ganadería del acusado, lo que permitía alterar su identificación oficial y romper la trazabilidad obligatoria del sistema ganadero.
El tribunal rechaza la versión exculpatoria del condenado, que defendía la existencia de ventas reales debidamente registradas. Sin embargo, la Sala subraya que no consta acreditación documental suficiente en los registros oficiales de movimientos ganaderos que respalde esas operaciones, y que en la base de datos administrativa únicamente figuran anotaciones de “baja irregular” sin destino conocido, lo que no equivale a una venta legal ni permite reconstruir el recorrido real de los animales.
Entre los indicios considerados determinantes, la sentencia destaca la coincidencia entre el número de terneros supuestamente vendidos en fechas muy próximas y los animales que posteriormente aparecieron implicados en la investigación, así como el hallazgo de crotales de la explotación del acusado en el ganado de los perjudicados, un elemento que el tribunal considera especialmente relevante por su valor identificativo.
El tribunal explica que, una vez cerradas las supuestas transacciones, los animales eran trasladados y reintroducidos en otras explotaciones utilizando crotales pertenecientes a la ganadería del acusado, lo que permitía alterar su identificación y dificultar el seguimiento sanitario y administrativo obligatorio.
La resolución judicial rechaza la versión de la defensa, que sostenía que las ventas habían sido reales y debidamente registradas. Sin embargo, la Sala subraya que no existe constancia en los registros oficiales de movimientos ganaderos que avale esas operaciones, y que en la base de datos correspondiente únicamente figuran anotaciones de “baja irregular” sin destino conocido, un concepto que no acredita por sí mismo la existencia de una venta legal.
Entre los elementos considerados clave por el tribunal figura la coincidencia entre el número de terneros supuestamente vendidos por el acusado en fechas muy próximas y los animales que posteriormente aparecieron implicados en la investigación, así como el hecho de que los crotales de su explotación fueron localizados en el ganado de los perjudicados.
La sentencia también valora las declaraciones de los coimputados, que sitúan al condenado dentro de un esquema operativo conjunto en el que se habrían facilitado contactos, documentación y medios necesarios para ejecutar el engaño. Estas manifestaciones, según la resolución, aparecen respaldadas por otros indicios objetivos recabados durante la investigación.
El tribunal considera que la estructura de los hechos responde a un plan previamente diseñado, con un mismo método repetido en distintas operaciones, lo que justifica la apreciación de delito continuado de estafa en concurso con falsedad documental.