El TSJ de Castilla y León desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Cobreros y reflexiona sobre el macropoyecto fotovoltaico
La Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado íntegramente el recurso presentado por el Ayuntamiento de Cobreros. La Sala comparte plenamente la fundamentación de la Orden de la Junta de Castilla y León impugnada y “ a la que eficazmente coadyuvan los interesados personados”, estos son, Alejandro Fernández García y Cristina Fernández García, miembros y promotores de la plataforma ciudadana Comunales Libres que muestran su satisfacción ante dicha resolución.
Acusan al alcalde y al resto del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de buscar en todo momento "expulsar y perjudicar los intereses de los ganaderos y del resto de vecinos que viven en los pueblos afectados", esto es, Castro, San Miguel de Lomba, Riego de Lomba, Barrio de Lomba, Sta. Colomba de Sanabria, Cobreros, San Martin de Terroso y Terroso.
Aseguran que las justificaciones aportadas desde el consistorio han sido en todo momento "maliciosas" y "malintencionadas" al afirmar que el Macroparque solamente ocuparía el “2% de los comunales, y que los ganaderos y vecinos podían aprovechar el restante 98%,” esto es, que los ganaderos de, por ejemplo, San Miguel de Lomba, tendrían que llevar el ganado a pastar al resto de los pueblos del Ayuntamiento.
La Sentencia deja algunas afirmaciones claras sobre el régimen jurídico y la naturaleza de los bienes comunales, como por ejemplo que “la monetización del aprovechamiento se contempla en la norma como algo excepcional y contrario a la propia esencia del aprovechamiento típico de los bienes comunales”, que “va en contra también de la propia esencia del bien comunal, que es indivisible, que parte sea objeto de aprovechamiento por los vecinos y parte no mediante un acotamiento para uso industrial a fin de adjudicarlo a un tercero mediante precio”.
Al tiempo reconoce que “al municipio le corresponde la gestión de los bienes comunales, pero es a los vecinos a los que corresponde su aprovechamiento, que puede configurarse como un derecho real administrativo de goce”.
Por último, hay que señalar que el TSJ reflexiona sobre este macropoyecto fotovoltaico y afirma que la controversia se centra en cuestionar “ el modelo de vida de los pueblos que han vivido de la agricultura disfrutando de estos bienes comunales, que afecta a su subsistencia y permanencia en el territorio, frente a los que pueden considerar el régimen de los bienes comunales un fenómeno de arqueología socio jurídica y que se puede obtener mayores ingresos económicos a través de su adjudicación por precio para la instalación de proyectos energéticos” y en este sentido señala categóricamente sobre los bienes comunales que “la necesidad de implantación de las energías renovables, que invoca el Ayuntamiento codemandado para justificar la decisión de acotar parte de los bienes comunales, no puede prevalecer sobre la normativa y usos existentes”.
Alejandro Fernández García, miembro de nuestra plataforma y coadyuvante en el procedimiento judicial afirma que “se ha hecho justicia y el Tribunal ha defendido los derechos de los vecinos y de los pueblos sobre los bienes comunales, frente al expolio al que nos quería someter el Ayuntamiento por parte de empresas de fondos de inversión de capital extranjero”.
Cristina Fernández García afirma: “Este es un primer paso para la defensa de los derechos de los vecinos, agricultores y ganaderos en el resto de la provincia, que están sufriendo el acoso de empresas conseguidoras para forzarles a abandonar su tierra”.