¿Qué pasa con Baltar y su conducción temeraria en la provincia de Zamora?

Manuel Baltar en una publicación en sus redes sociales

El 10 de mayo será la fecha límite para abordar el suplicatorio solicitado por el Tribunal Supremo con objeto de obtener la autorización del Senado para proceder legalmente contra Baltar

Conducía el coche oficial cuando fue interceptado, un vehículo que acumula hasta diez denuncias similares por exceso de velocidad en los últimos cuatro años

El Senado ha establecido el 10 de mayo como fecha límite para abordar el suplicatorio solicitado por el Tribunal Supremo en relación al senador José Manuel Baltar, quien enfrenta acusaciones por un presunto delito contra la seguridad vial al conducir a 215 kilómetros por hora en una autovía de la provincia de Zamora.

De acuerdo con el calendario dispuesto por el Senado, la petición para enjuiciar a Baltar será tratada antes del 19 de abril en la Comisión de Suplicatorios. Posteriormente, de ser aprobada, el suplicatorio será elevado al Pleno del Senado, donde el partido ostenta mayoría absoluta, para determinar antes del 10 de mayo si concede su consentimiento para proceder con el juicio contra el parlamentario.

La solicitud de suplicatorio fue resultado de una exposición razonada presentada por la magistrada instructora de la causa, Ana Ferrer, ante la Sala de lo Penal. Fue ella quien argumentó la necesidad de obtener la autorización del Senado para proceder legalmente contra Baltar, basándose en los indicios de delito encontrados en el caso.

La causa arrancó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puebla de Sanabria. En base al atestado realizado por la Guardia Civil de Zamora se solicitaba la celebración de un juicio rápido en el que la Fiscalía solicitaba una pena de seis meses de multa por valor de 1.800 euros, así como un año y un día de retirada del permiso de conducir. Después pasó al Juzgado de lo Penal de Zamora, sin embargo, su acreditación como senador, hizo que el juicio llegara al alto tribunal.

Aquel día de abril, Baltar, fue multado dos veces en menos de una hora al igual que también fue 'cazado' por un radar circulando en en la provincia de Zamora a 215 kilómetros por hora. Conducía el coche oficial cuando fue interceptado, un vehículo que acumula hasta diez denuncias similares por exceso de velocidad en los últimos cuatro años. 

Baltar fue sancionado en el momento de los hechos con una multa por valor de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir. Una sanción en principio tramitada como infracción administrativa, pero que posteriormente pasó a considerarse un presunto delito contra la seguridad vial atendiendo a los límites del exceso de velocidad detectado por el radar. 

Según el artículo 379 del Código Penal, conducir un vehículo superando la velocidad máxima permitida en 60 km/h en vías en 80 km/h en vías interurbanas -como fue el caso- podría enfrentarse a una pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En cualquier caso, el delito sí conlleva la privación del derecho a conducir.