Otero de Bodas aprueba la ordenanza para regular la recolección de setas y hongos
El Ayuntamiento de Otero de Bodas ha aprobado de manera definitiva la Ordenanza reguladora del aprovechamiento micológico, tras haber finalizado el periodo de exposición pública sin que se presentaran reclamaciones. La normativa, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, busca garantizar la conservación de los recursos micológicos y regular la recolección de setas y hongos en terrenos de titularidad municipal.
La ordenanza surge de la necesidad de armonizar la recogida de hongos con la protección de los montes y sus ecosistemas, frente al aumento de la afluencia de recolectores y al creciente valor comercial de algunas especies. El Ayuntamiento, como propietario de los montes municipales, establece así un marco legal que permite el aprovechamiento micológico sin comprometer la regeneración de las especies y respetando los derechos tradicionales de los vecinos.
Entre los aspectos principales de la ordenanza se destacan:
Ámbito y épocas de recolección: La actividad se podrá realizar durante todo el año, aunque el Ayuntamiento podrá modificar las épocas y duración para garantizar la conservación del recurso.
Condiciones de recolección: Se establece la obligación de recolectar solo los cuerpos fructíferos maduros, no alterar el suelo, utilizar recipientes que permitan la dispersión de esporas y respetar el entorno natural.
Tipos de aprovechamiento: Se distinguen aprovechamiento regulado, reservado y episódico, según la titularidad del terreno y la finalidad de la recolección. El aprovechamiento episódico está limitado a autoconsumo y a un máximo de 3 kg de setas por persona y día.
Autorizaciones y tasas: Para recolectar en los terrenos regulados, los interesados deberán solicitar un permiso temporal y nominativo, con un importe de 10 euros por autorización, salvo menores de 10 años, y portar documentación identificativa durante la recolección.
Sanciones: Se establecen multas de 50 a 3.000 euros según la gravedad de la infracción y procedimientos de inspección y control para garantizar el cumplimiento de la norma.
La ordenanza también incluye un anexo con las especies recolectables, entre ellas níscalos, boletus, rebozuelos, setas de cardo y colmenillas, respetando siempre las especies protegidas y no recolectables.